ORDENANZA Nº 837

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 25 DE  JUNIO DE 1997


Visto:

El Expediente Nº 541/97 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre regularización Terrenos Municipales (adjudicando en venta al Sr. José Gerardo Silva); y,


Considerando:

El Expediente Nº "S/120/97" por el cual el Señor José Gerardo Silva, solicita la compra del terreno donde se halla viviendo.

Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.

Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (lote).

Que se halla dentro de las condiciones establecidas dentro de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para lo solicitado.

Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal vigente:


                             LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Adjudicar en venta al Sr. José Gerardo Silva D.N.I. Nº 20.432.928, soltero, domiciliado en Luís Sáenz Peña Nº 655, de esta Ciudad; el Lote Nº 20 de la Manzana Nº 54, constante de 10,90 mts. de frente e igual contrafrente por 25,00 mts. de fondo e igual contrafondo; lindando al Norte: Lote Nº 9, al Sur: calle Luís Sáenz Peña, al Este: Lote Nº 21 y al Oeste: Lote Nº 19; con una superficie total de 272,50 mts.2, de acuerdo al Duplicado de Mensura Nº 3.666-N. Inscripto (dentro de una mayor extensión). En el Libro Diario Nº 2.868 Matrícula Nº 14.129, Departamento de Goya, en fecha 06/03/96. En la Dirección General de Catastro Corrientes, bajo Adrema I1-20770-1 (en mayor extensión), y en Catastro Municipal Tº 60 Fº 25.472, Año 1.996.

Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Art. 3 - La Municipalidad de Goya no responderá por evicción ni vicios redibitorios.

Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta en la forma y condiciones establecidas en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses Municipales.

Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la pertinente escritura traslativa de dominio, una vez abonado el total del precio establecido.

Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 25 días del mes de junio de mil novecientos noventa y siete.