ORDENANZA Nº 842

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 02 DE JULIO DE 1997


Visto:

El Expediente Nº 521/97 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Autorización para el Llamado a Concurso Público de Ofertas para Transporte Urbano de Pasajeros, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal; y,


Considerando:

Que se encuentra vencido el contrato celebrado con la Empresa San Antonio S.R.L. para la explotación de Dos Líneas Urbanas de transporte de pasajeros.

Que es menester asegurar la continuidad del servicio.

Que el mecanismo del Concurso Público de Ofertas garantiza la posibilidad de escoger la empresa que mejor servicio brinde a la Comunidad.

Que asimismo, debe darse la oportunidad de efectuar el servicio a todas las empresas interesadas.

Por todo ello:


                                   LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a llamar a Concurso Público de Ofertas para la explotación de Dos o Más Líneas Urbanas de Transporte de Pasajeros para la Ciudad de Goya, e acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones que al efecto confeccionará el Departamento Ejecutivo Municipal.

Art. 2 - Le pliego de Bases y Condiciones deberá prever los siguientes puntos:

a)      Modelos de unidades de una antigüedad No Mayor de 10 Años.

b)      Seguros: Responsabilidad Civil Contra Terceros y Responsabilidad Civil por los Pasajeros transportados, Ambos sin límites.

c)      Precio del Boleto: sólo podrá ser modificado por Decisión del Honorable Concejo Deliberante.

d)     Duración del Contrato: el mismo se extenderá por el término de Cinco (5) Años, con una renovación de No Más de Cinco Años.

e)      El Pliego preverá la instrumentación de un sistema de comunicaciones entre las unidades y la base con el objetivo de solucionar Emergencias Mecánicas, Sanitarias, etc.

Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 2 días del mes de julio de mil novecientos noventa y siete.

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