ORDENANZA Nº 853

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 15 DE AGOSTO DE 1997


Visto:

El Expediente Nº 578/97 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre regularización de Terrenos Municipales (adjudicando en venta al Sr. Isidro Salvador Mazzuchini); y,


Considerando:

El Expediente "M/94/97" por el cual el Señor Isidro Salvador Mazzuchini solicita la venta del terreno donde se halla viviendo.

Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.

Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (lote).

Que se halla dentro de las condiciones establecidas dentro de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para lo solicitado.

Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal vigente:


                                  LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Adjudicar en venta al Sr. Isidro Salvador Mazzuchini D. N. I. Nº 6.145.990, casado, domiciliado en calle José María Cialzeta Nº 365, de esta ciudad; el Inmueble de la Manzana Nº 107, constante de 10,00 mts. aproximadamente de frente e igual contrafrente por 30,00 mts. aproximadamente de fondo e igual contrafondo; lindando al Norte: terreno ocupado por Marcelino R. Zarantonelli, propiedad de la Municipalidad de Goya; al Sur: calle José María Cialzeta; al Este: terreno ocupado por Marcelino P. Jara, propiedad de la Municipalidad de Goya y al Oeste: terreno ocupado por Carlos Silva, propiedad de la Municipalidad de Goya; con una superficie total de 300,00 mts.2 aproximadamente, de acuerdo al Duplicado de Mensura perimetral correspondiente a la Manzana de referencia, Duplicado Nº 2.741-N. Inscripto (dentro de una mayor extensión) en el Registro de la Propiedad Inmueble Corrientes. En el Libro Diario Nº 9.581 Matrícula 6.449, Departamento de Goya, en fecha 19/02/82; en la Dirección General de Catastro Corrientes, bajo Adrema I1-16321-1; y en Catastro Municipal Tº 46, Fº 19.033 Año 1.982.

Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Art. 3 - La Municipalidad de Goya no responderá por evicción ni vicios redibitorios.

Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta en la forma y condiciones establecidos en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses municipales.

Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a Firmar la pertinente escritura traslativa de dominio, una vez abonado el total del precio establecido.

Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 13 días del mes de agosto de mil novecientos noventa y siete.

Copyright © 2008 - 2024 | Honorable Concejo Deliberante. Diseño: IN-CO-NE - Goya (Ctes.)