ORDENANZA Nº 856

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 22 DE AGOSTO DE 1997


Visto:

El Expediente Nº 580/97 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre regularización Terrenos Municipales (adjudicando en venta al Sr. Roberto Carlos Mazzuchini); y,


Considerando:

El Expediente Nº "M/61/97" por el cual el Señor Roberto Carlos Mazzuchini, solicita la compra del terreno donde se halla viviendo.

Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.

Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (lote).

Que se halla dentro de las condiciones establecidas dentro de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para lo solicitado.

Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal vigente:


                                 LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Adjudicar en venta al Sr. Roberto Carlos Mazzuchini D. N. I. Nº 23.933.552, casado, domiciliado en calle Monseñor D'Andrea Nº 985, de esta Ciudad; el Lote Nº 11 de la Manzana Nº 918, constante de 10,00 mts. de frente e igual contrafrente por 28,05 mts. de fondo e igual contrafondo; lindando al Norte: calle Monseñor D'Andrea; al Sur: Lote Nº 23, al Este: Lote Nº 12 y al Oeste: Lote Nº 10; con una superficie total de 280,10 mts.2, de acuerdo al duplicado de Mensura Nº 3.045-N. Inscripto (dentro de una mayor extensión) en el Registro de la Propiedad Inmueble Corrientes, en el Libro Diario Nº 13.390 Matrícula 8.984, Departamento de Goya, en fecha 08/12/84; en la Dirección General de Catastro Corrientes, bajo Adrema I1-18606-1; y en Catastro Municipal Tº 49 Fº 20752, Año 1.985.

Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Art. 3 - La Municipalidad de Goya no responderá por evicción ni vicios redibitorios.

Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta en la forma y condiciones establecidas en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses Municipales.

Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la pertinente escritura traslativa de dominio, una vez abonado el total del precio establecido.

Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 20 días del mes de agosto de mil novecientos noventa y siete.

Copyright © 2008 - 2024 | Honorable Concejo Deliberante. Diseño: IN-CO-NE - Goya (Ctes.)