ORDENANZA Nº 860

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 05 DE SEPTIEMBRE DE 1997


Visto:

El Expediente Nº 573 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Creación de la Junta Consultiva Portuaria, y,


Considerando:

Que es necesario conformar una Junta Consultiva Portuaria en nuestra ciudad que tenga como objetivo convocar a la participación a todos los sectores interesados en la reactivación de los Puertos Exterior e Interior de Goya.

Que en dicho contexto se considera necesario determinar el marco legal que regirá la misma, el que deberá tender a asegurar la más amplia participación de los sectores convocados y la posibilidad que la misma Junta Consultiva admita la participación de nuevos miembros.

Por todo ello:


                                       LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Créase la "Junta Consultiva Portuaria de la Ciudad de Goya".

Art. 2 - Constituir la misma con las siguientes instituciones del medio: Cámara del Tabaco de Corrientes; Cooperativa de Tabacaleros de Corrientes Limitada; Cooperativa Arrocera y Tabacalera "12 de Octubre" Limitada; Delegación Goya de la Administración Nacional de Aduanas; Prefectura Naval Argentina; Cámara Empresarial de Goya; Asociación de Comercio, Industria y Comercio de Goya.

Facultar a la Junta Consultiva Portuaria de la Ciudad de Goya a invitar a otros sectores del medio y a disponer en caso de interés de una nueva institución su admisión al seno de la misma.

Art. 3 - La Junta Consultiva Portuaria dictará su propio reglamente de funcionamiento y elegirá sus autoridades.

Art. 4 - Son facultades de la Junta Consultiva Portuaria: 1) Informar y sugerir a las autoridades municipales sobre aquellos aspectos y experiencias que tiendan a lograr la reactivación de los Puestos Exterior e Interior de Goya; 2) Expedirse en las cuestiones vinculadas a la reactivación del Puerto Exterior Goya, que le sean sometidos a su consideración y dictamen; 3) Expedirse respecto a la transferencia del dominio de los Puertos Exterior e interior de Goya de la Provincia de Corrientes a la Municipalidad de la Ciudad de Goya.

Art. 5 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 3 días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y siete.

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