ORDENANZA Nº 882

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 19 DE NOVIEMBRE DE 1997


Visto:

El Expediente Nº 615/97 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre regularización Terrenos Municipales (adjudicando en venta al Sr. José Adolfo Fernández); y,


Considerando:

El Expediente "F/183/96" por el cual el Señor José Adolfo Fernández, solicita la compra del terreno donde se halla viviendo.

Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.

Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (lote).

Que se halla dentro de las condiciones establecidas dentro de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para lo solicitado.

Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal vigente:


                                        LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Adjudicar en venta al Sr. José Adolfo Fernández D. N. I. Nº 21.149.401, casado, domiciliado en calle San Juan Nº 28 - Barrio Sarmiento -, de esta Ciudad; el Lote Nº 28 de la Manzana "C" (hoy Nº 909), constante de 10,00 mts. de frente e igual contrafrente por 20,75 mts. de fondo por 20,77 mts. de contrafondo; lindando al Norte: con cale José Manuel Estrada; al Sur: Lote Nº 27; al Este: calle San Juan y al Oeste: Lote Nº 29; con una superficie total de 207,60 mts.2, de acuerdo al Duplicado de Mensura Nº 2.947-N. Inscripto (dentro de una mayor extensión) en el Registro de la Propiedad Inmueble Corrientes, en el Libro Diario Nº 10.177 Matrícula 8.966, Departamento de Goya, en fecha 03/10/84. En la Dirección General de Catastro Corrientes, bajo Adrema I1-17939-1; y en Catastro Municipal Tº 49 Fº 20.725, Año 1.985.

Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Art. 3 - La Municipalidad de Goya no responderá por evicción ni vicios redibitorios.

Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta en la forma y condiciones establecidas en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses Municipales.

Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la pertinente escritura traslativa de dominio, una vez abonado el total del precio establecido.

Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 19 días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete.

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