ORDENANZA Nº 900

PROMULGADA POR EL D.E.M DE  FECHA 17 DE DICIEMBRE DE 1997
Visto:

El Expediente Nº 635/97 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Autorización al Departamento Ejecutivo Municipal para la adquisición de un Grupo Electrógeno o un Motor Diesel; y,


Considerando:

Los artículos 154 y 155 de la Carta Orgánica Municipal; el artículo 26, inciso 3) apartado c) de la Ley de Contabilidad de la Provincia de Corrientes y lo dispuesto por Ordenanza Nº 879/97, promulgada por Resolución Nº 4.299/97.

Que las razones de urgencia que motivara el dictado de la mencionada Ordenanza y que expusieran en sus considerandos se mantienen a la fecha.

Que las previsiones meteorológicas para los próximos días, indican la probabilidad de precipitaciones de mayor intensidad que la norma.

Que asimismo, la altura del Río Paraná en nuestras costas supera ampliamente el nivel normal.

Que ante todo ello, se torna imprescindible proceder a la inmediata adquisición de equipos necesarios para asegurar el funcionamiento de las maquinarias afectadas al desagüe de las calles de esta ciudad.

Que hasta tanto se dicte la pertinente Ordenanza, el régimen de contrataciones se halla regido por la Ley de Contabilidad de la Provincia de Corrientes.

Que dicha Ley autoriza, ante supuestos como el que nos ocupa, a obviar el procedimiento licitatorio de un Grupo Electrógeno de 325 Kva o un Motor Diesel de 160 HP con Provisión y Montaje de los mismos.

Por todo ello:


                          LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal la adquisición de un Grupo Electrógeno de 325 Kva o un Motor Diesel de 180 HP y una Bomba de más de 3 Millones de Litros Hora, con Provisión y Montaje de los mismos, según convenga, para la cuenca de la Estación de Bombeo de 25 de Mayo y Caá Guazú; y un Motor Diesel de 120 HP a 180 HP ha instalar con una bomba existente a definir en la cuenca de la Estación de Bombeo de la avenida de Circunvalación.

En todos los casos el procedimiento de compra será por Concurso de Precios Privado.

Art. 2 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 17 días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y siete.

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