ORDENANZA Nº 967

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 21 DE OCTUBRE DE 1998


Visto:

El Expediente Nº 731/98 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Aprobación de Proyectos en el Marco del Programa "Municipios II"; y,


Considerando:

La Carta Orgánica Municipal, artículo 58, inciso 26), el Acata de Sesiones Nº 417 y la Ordenanza Nº 702.

Que, la Municipalidad de Goya toma un crédito de alrededor de Pesos: Ochocientos Mil ($ 800.000).

Que, dicho empréstito se otorga en el marco del Programa "Municipios II" y son recursos provenientes del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (Banco Mundial).

Que, las condiciones son realmente ventajosas para 1a Comunidad Goyana, pues tiene bajos intereses, un año de gracia y varios de amortización.

Que, en la Sesión donde se trato el Proyecto de Ordenanza de autorización del Crédito, remitido por Departamento Ejecutivo Municipal, varios concejales plantearon el inconveniente que existía, pues se estaba sancionando una Ordenanza abierta y que el Honorable Concejo Deliberante debía participar en la aprobación de proyectos tan importantes como los del Programa "Municipios II".

Por todo ello:


                               LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - El Departamento Ejecutivo Municipal remitirá al Honorable Concejo Deliberante para su aprobación previa, los proyectos que en el marco del Programa "Municipios II", la Municipalidad presente ante la Unidad Ejecutora Provincial.

Art. 2 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 21 días del mes de octubre de mil novecientos noventa y ocho.

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