PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 16 DE DICIEMBRE DE 1998
Visto:
El expediente Nº 761/98 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Regularización situación terreno Municipal, adjudicación en venta a la Señora Matilde Beatriz Duran; y,
Considerando:
El expediente "D/183/98" por el cual el Señora Matilde Beatriz Duran, solicitan la compra del terreno donde se hallan viviendo.
Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.
Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (lote).
Que se halla dentro de las condiciones establecidas dentro de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.
Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para lo solicitado; insistiendo el cumplimiento por parte del comprador, del nivel de Cota Fundacional conforme a la Ordenanza respectiva.
Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal vigente:
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Adjudicar en venta al Señora Matilde Beatriz Duran Nº 13.418.504, domiciliada en calle Catamarca Nº 2.009 de esta ciudad, el Lote Nº 3 de la Manzana Nº 510 del Plano Oficial de la ciudad, de acuerdo al Duplicado de Mensura y División Nº 3.012-N; constante de 11,42 mts. de frente por 16,63 de contrafrente por 28,18 mts. de fondo e igual contrafondo; hallándose dentro de los siguientes Límites y Linderos: al Norte: terreno de propiedad privada habitado por el Sr. Emilio Leguizamón, al Sur: el Lote Nº 2, al Este: el Lote Nº 13, y al Oeste: la calle Catamarca. Con una superficie total de 392,8529 mts2. Inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble Corrientes. (dentro de mayor extensión) Tº 29 Folio 746 - Nº 11.384 - en fecha 08/05/12 en la Dirección General de Catastro, bajo Adrema: I1-18.351-1 y en Catastro Municipal (dentro de mayor extensión) Tº 61 - Fº 25.726, año 1.997.
Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.
Art. 3 - La Municipalidad de Goya, no responderá por evicción ni vicios redhibitorios.
Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta, en la forma y condiciones establecidas en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses Municipales.
Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la pertinente escritura traslativa de dominio una vez abonado el total del precio establecido.
Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 16 días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.