ORDENANZA Nº 990

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 06 DE ENERO DE 1999


Visto:

El Programa de Promoción del Desarrollo Local de la Secretaría de Desarrollo Social de la Presidencia de la Nación; y,


Considerando:

Que, es necesaria la promoción del Desarrollo Productivo Local.

Que, el Programa de la Secretaría de Desarrollo Social de la Nación citada en el visto, mediante subsidio transferidos a los Municipios, impulsa a la Constitución de Fondos de Apoyo para el Desarrollo Productivo en las localidades que se enmarquen dentro de lo establecido en el Manual del Programa.

Que, dichos fondos deben ser destinados a la capacitación y asistencia técnica y financiera de Emprendimientos Productivos y Viables.

Que, los Municipios deben destinar como contraparte de los Recursos asignados por la Secretaria de Desarrollo Social, aportes en Recursos Humanos y Financieros para un mejor desarrollo de dicho Programa.

Que, resulta convenientemente que la Municipalidad de Goya declare de interés Municipal el Programa de Promoción del Desarrollo Local y determine la partida presupuestaria a la cual se le afectarán los recursos necesarios para el cumplimiento del Convenio a suscribirse con la Secretaría de Desarrollo Social de la Nación.

Que, con fecha 15 de octubre de 1.998, mediante Nota Nº 1.172, el Ejecutivo Municipal solicitó un subsidio por la suma de $ 150.000 (Ciento Cincuenta Mil), destinados al Fondo de Apoyo del Desarrollo Productivo Local.

Por ello:


                                LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Declarar de Interés Municipal el Programa de Promoción del Desarrollo Local de la Secretaría de Desarrollo Social de la Presidencia de la Nación.

Art. 2 - Adherir a las Resoluciones de la Secretaría de Desarrollo Social de la Presidencia de la Nación Nº 0098/97 y Nº 1.632/96 referidas al nombre operatoria del Programa de Promoción y Desarrollo Local respectivamente.

Art. 3 - Autorizar al Intendente Municipal a suscribir un Convenio con la Secretaría de Desarrollo Social de la Presidencia de la Nación para la constitución del Fondo de Apoyo Para el Desarrollo Productivo en el Marco de Programa de Promoción del Desarrollo Local.

Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a afectar el monto que acuerde el Departamento Ejecutivo Municipal con la Secretaría de Desarrollo Social como contraparte Municipal para la constitución y ampliación del Fondo de Apoyo para el Desarrollo productivo de la Partida 6.13.1.4.20.00 del Presupuesto Municipal vigente.

Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal para gestionar la apertura de una cuenta bancaria específica en el Banco de la Nación Argentina, para el manejo de los Recursos de Fondo de Apoyo para el Desarrollo Productivo.

Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 8 días del mes de enero de mil novecientos noventa y nueve.