PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 27 DE OCTUBRE DE 1999
Visto:
El Expediente Nº 855/99 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Regularización Situación Terreno Municipal, Adjudicación en Venta al Sr. Santiago Mariano Duarte; y,
Considerando:
El Expediente "D/573/99" por el cual el Sr. Santiago Mariano Duarte, solicita la compra del terreno donde se halla viviendo.
Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.
Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (lote).
Que se halla dentro de las condiciones establecidas dentro de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.
Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para lo solicitado; insistiendo el cumplimiento por parte del comprador, del nivel de Cota Fundacional conforme a la Ordenanza respectiva.
Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal vigente:
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Adjudicar en venta al Sr. Santiago Mariano Duarte, D.N.I. Nº 20.781.203, con domicilio en calle Perú Nº 1.147 de esta Ciudad, el Lote "b" - del Duplicado Nº 5.099-N, de la Manzana Nº 107 del Plano Oficial de la Ciudad, constante de 10,00 mts. de frente al Oeste sobre calle Perú con 9,03 mts. de contrafrente al Este por un fondo al Norte de 26,80 mts. con un contrafondo al Sur de 26,80 mts. Con una superficie total de 254,96 m2. Lindando según Mensura: al Norte, al Sur y al Este: con el Lote "a" - Propiedad de la Municipalidad de Goya; y al Oeste: con calle Perú (tierra). Inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya y dentro de una mayor extensión: en el Registro de la Propiedad Inmueble Corrientes. Bajo Libro Diario Nº 9.581 - Folio Real - Matrícula Nº 6.449 - Departamento Goya - en fecha 14/09/82; en la Dirección General de Catastro, bajo Adrema: I1- 16.321-1 y en Catastro Municipal Tº 46 - Fº 19.033, año 1.982.
Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.
Art. 3 - La Municipalidad de Goya, no responderá por evicción ni vicios redhibitorios.
Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta, en la forma y condiciones establecidas en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses Municipales.
Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la, pertinente escritura traslativa de dominio una vez abonado el total del precio establecido.
Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 27 días del mes octubre de mil novecientos noventa y nueve.