ORDENANZA N° 1.426

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 18 DE JULIO DE 2008


V I S T O:

 Las facultades otorgadas a través de la Carta Orgánica Municipal por los artículos 15º y 58º inciso 31.

C O N S I D E R A N D O:

Que, la obesidad es uno de los problemas más frecuentes de la salud pública.
Que, la Organización Mundial de la Salud la ha definido como la "epidemia metabólica del siglo XXI". La obesidad, es una enfermedad crónica mundial de alto costo, que disminuye las expectativas y calidad de vida de la población de todas las edades y que afecta al individuo repercutiendo sobre la familia, la comunidad y la sociedad en su conjunto. Consiste en el aumento de peso, debido al incremento de la grasa corporal. Se pueden diferenciar dos tipos de localización adiposa: la Central, que predomina en el abdomen y tórax y la Periférica, que predomina en muslos y glúteos. Esta diferenciación es fundamental, ya que la obesidad central (abdominal) tiene muchos más riesgos para la salud y produce enfermedades como la diabetes, hipertensión arterial y enfermedades cardíacas.
Que, los mayores desencadenantes de la obesidad son la alimentación inadecuada y la disminución de la actividad física.
Que, la obesidad constituye el factor subyacente más importante de las causas de enfermedad y muerte en el hemisferio. En virtud de ello, la Organización Mundial de la Salud ha instado a todos los gobiernos a reconocerla como enfermedad, implementar programas de detección, educación, prevención y tratamiento, modificar los factores de riesgo ambientales, incorporarla al listado de enfermedades de tratamiento prioritario y obligatorio por los sistemas de salud, fomentar la capacitación de los profesionales de la salud para la prevención y el control integral de la misma, estimular la investigación básica, epidemiológica y clínica, y concientizar a la población de una acción conjunta a todos los niveles y desde todos los sectores de la sociedad.
Que, es alarmante la incidencia que tiene la obesidad en la población infantil y adolescente. En la Argentina, el sobrepeso y la obesidad afectan al 9,2 % de los menores de entre 6 meses y 5 años inclusive, según reveló la primera Encuesta Nacional sobre Nutrición y Salud realizada por el Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación entre octubre de 2004 y julio de 2005. Uno de los resultados preliminares de la encuesta es que la prevalencia de sobrepeso y obesidad está por encima de los niveles de desnutrición aguda (1,2 % de los chicos tienen bajo peso en relación con su altura) y de desnutrición crónica (4,1 % de los chicos tienen baja altura para su edad). La encuesta nos señala que, en el futuro, por la mala alimentación, tendremos más casos de hipertensión, derrames cerebrales, diabetes y enfermedades cardiovasculares.
Que, la Organización Mundial de la Salud advirtió que "están apareciendo tasas elevadas de obesidad" en la Argentina. Las estadísticas internacionales dicen que hay 22 millones de chicos menores de cinco años con exceso de peso. Y que a otros 250 millones de chicos les falta vitamina A.
Que, la explicación de este problema de salud pública, que también comienza a  visualizarse no es simple y responde a que nuestro país también está siendo influenciado por el cambio de hábitos y de valores en el seno de las familias. Así, los chicos argentinos hacen hoy menos actividad física y juegan menos al aire libre, comen más embutidos, papas fritas, golosinas, y toman más gaseosas, por lo que la ingesta de calorías
Corresponde a la Ordenanza Nº 1.426
es superior al gasto energético. En los jardines y en las escuelas, les suelen dar jugos y galletitas, cuando lo ideal es que coman cereales, frutas y lácteos.
Que, paralelamente, los cambios en la cultura favorecen el consumo de comidas de elaboración rápida (elaborada por terceros), generalmente elevadas en calorías, grasas y azúcares (comida “chatarra”). Asimismo, cualquiera puede observar que la industria alimenticia ha multiplicado la oferta de golosinas, snacks, jugos artificiales con alto contenido en azúcares y saborizantes todo lo cual, si bien resulta muy atractivo a los ojos de los niños, termina atentando contra la salud de los chicos
Que, debemos instrumentar los medios necesarios para evitar que los chicos se den atracones de calorías vacías durante los recreos; promoviendo en cambio que se comercialicen en los establecimientos educativos sólo alimentos saludables, tales como yogures, frutas frescas, barras de cereal, frutas secas, turrones de maní, alfajores de maicena, vainillas, entre otros.       
Que, debemos crear programas de educación alimenticia que tengan como objetivo fundamental fortalecer la conciencia de la población sobre la importancia de tener una alimentación variada y completa, dando prioridad a la selección y el consumo de alimentos que, por su precio y valor nutricional, deben ser conocidos e incorporados a la vida cotidiana.            

Que, debemos promover la creación de programas de alimentación infantil, eliminando la venta de gaseosas, y alimentos elevados en calorías, grasas o azúcar en las escuelas, comedores escolares y otros espacios públicos.
Por todo ello;

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:

 

 

ARTÍCULO 1º: CRÉASE el “PROGRAMA  DE LUCHA CONTRA LA OBESIDAD INFANTIL Y ADOLESCENTE” a través de la Secretaría de Bienestar y Acción Social de la Municipalidad de Goya, con el objetivo fundamental de:

 

            a) Jerarquizar el rol de la actividad física, rompiendo con todas las barreras que impidan el libre acceso a estilos de vida saludables.

 

            b) Generar estrategias para promover una alimentación saludable desde la mirada del cuidado integral del niño.

 

            c) Procurar la toma de conciencia de la población sobre la importancia de incorporar hábitos alimenticios que permitan lograr un óptimo estado de salud.

 

d) Crear y aumentar la conciencia de los consumidores sobre las múltiples consecuencias para la salud que devienen de la obesidad y las numerosas patologías que se derivan de la misma.

 

            e) Coordinar y planificar acciones tendientes a la disminución y erradicación de esta enfermedad.

 

            f) Incentivar la practica de deportes no competitivos en las escuelas primarias y secundarias, ofreciéndolo como actividad extracurricular.

 

            g)  Estimular la adopción de hábitos saludables.

 

h) Organizar y realizar Campañas de Difusión especialmente dirigidas a la población infantil y adolescente, promoviendo el consumo de alimentos saludables y hábitos saludables.

 

            i) Organizar y realizar Campañas masivas de comunicación dirigidas a la población en general con el objetivo de promover la necesidad de generar cambios en la alimentación de los niños y adolescentes de nuestra ciudad de Goya. Utilizando diferentes soportes de comunicación; televisión, radio, pantallas estáticas, internet etc.

 

  ARTÍCULO 2º: La Secretaría de Bienestar y Acción Social promoverá la conformación de un Consejo Asesor para la Lucha contra la Obesidad Infantil y Adolescente para lo que invitará a integrar el mismo al Cuerpo de Pediatras y Nutricionistas de todas las entidades de salud públicas y privadas de la ciudad y a todos los entes, organismos y asociaciones sin fines de lucro, que a su criterio tengan legitimidad para realizar un aporte a dicho Consejo.

 

ARTÍCULO 3º:La Secretaría de Bienestar y Acción Social establecerá un “Día de Lucha contra la Obesidad Infantil y Adolescente”, fecha en la cual se invitará a los Profesionales Médicos a brindar charlas informativas en los establecimientos escolares, así como la medición antropométrica de los alumnos, con el objetivo de detectar tempranamente el sobrepeso y/o la obesidad.

 

ARTÍCULO 4º: La Secretaría de Bienestar y Acción Social, tendrá a su cargo la confección de “planes de alimentación saludable” adecuados, según lo recomendado por el Cuerpo de Pediatras y Nutricionistas; así como la creación del listado de los alimentos que sean considerados saludables y/o nutritivos; y del listado de alimentos no saludables o de bajo aporte nutricional, con el objeto y alcance de lo mencionado en el articulo siguiente.

 

ARTÍCULO 5º: Dentro de los trescientos sesenta y cinco (365) días de la puesta en marcha del “Programa de Lucha contra la Obesidad Infantil y Adolescente”, y de acuerdo a la evaluación de los resultados obtenidos, se impulsara la posibilidad de instrumentar la limitación en la venta de alimentos no saludables en los kioscos escolares, en los comedores y otros espacios públicos en los que asiste esta franja poblacional, dando fiel cumplimiento a los objetivos del presente Programa.

 

ARTÍCULO 6º: INVÍTASEa los titulares de kioscos escolares para que a partir de la sanción de la presente Ordenanza adhieran  a las medidas que se instrumenten a efectos de  implementar los denominados “Kioscos Saludables” incorporando alimentos esenciales y nutritivos, en detrimento de la ingesta excesiva de alimentos hipercaloricos.

 

ARTÍCULO 7º: REALÍCENSE charlas y entrevistas con los titulares de kioscos escolares, para que actuando de manera conjunta, se instrumenten  acciones  a los fines de tratar y erradicar los problemas de salud que se generan por la inadecuada alimentación de los niños en las escuelas y colegios.

 

 

ARTÍCULO8º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.-

 

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dos días del mes de julio de dos mil ocho.-


                        Dr. GERARDO LUIS URQUIJO                MABEL BARRILE DE MARTINEZ

 

 

                                    Secretario                                                        Presidente  

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