ORDENANZA N° 1.441

PROMULGADA PO REL D.E.M DE FECHA 13 DE NOVIEMBRE DE 2008


V I S T O:

El Expte. Nº 1.582/08 del H. Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza S/"CESION EN COMODATO TERRENO MUNICIPAL A LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS" remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal. Y;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;

    

C O N S I D E R A N D O:
 La Resolución Nº 4348/07, sus fundamentos y el Expediente Nº 17-10-14745/08 que se acumula al expediente 04-07-9023/07 del Registro del Departamento Municipal.
Que por el expediente mencionado se tramitó la afectación en COMODATO dictándose la Resolución Nº 4348/2.007.
Que la Dirección General de Aduanas solicita el comodato para concretar el funcionamiento de la Zona Primaria Aduanera de Goya.
Que la Aduana de Goya es una de las primeras instaladas en el interior del país y que su existenciarepresenta un importante potencial para el desarrollo del comercio exterior de la región.
Que la ciudad de Goya presenta fortalezas para el desarrollo del comercio exterior, como ser: ubicación estratégica en la hidrovía Paraná, su proximidad a las rutas estratégicas que conectan al Mercosur, potencial de producción exportable, etc.
Que,  la creación de la Zona Primaria Aduanera contribuirá también a fortalecer los Proyectos del Puerto de Goya, de la posible creación del Juzgado Federal, de aportar Despachantes de Aduana, favorecer la posibilidad de creación de oficinas del SENASA vinculada al Comercio Exterior etc.-
Que el Código Aduanero en su art. 5º establece como Zona Primaria Aduanera a aquella parte del territorio aduanero habilitada para la ejecución de operaciones aduaneras o afectadas al control de las mismas, en la que rigen normas especiales para la circulación de personas y el movimiento y disposición de mercaderías.
Que una Zona Primaria Aduanera es un emplazamiento donde se centraliza en un solo predio los servicios aduaneros, de inspección sanitaria, carga y descarga, almacenamiento, bancarios, telecomunicaciones, entre otros; con el objeto de facilitar las operaciones de importación y exportación de las empresas radicadas en su jurisdicción.
Que en el caso de Goya comprendería los departamentos de Sauce, Esquina, Lavalle, Bella Vista, San Roque, Mercedes y Goya.
Que de contar con una infraestructura de este tipo, el transporte podría salir de Goya con toda la documentación y requisitos cumplidos, y así poder cruzar directamente las fronteras, ahorrando tiempo, trámites y dinero, tanto a las empresas como a la aduana local.
Que se han mantenido reuniones y encuentros con los funcionarios de la Aduana de Goya y el Jefe de la Región con asiento en Resistencia; quienes han expresado la posibilidad cierta que la Zona Primaria pueda instalarse en Goya.
Que para ello, un aporte concreto es disponer de un predio situado estratégicamente para su funcionamiento.
 Por todo ello.

 

 

 LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:

 

 

ARTICULO 1º:CEDER EN COMODATO por el termino de 99 años a la Dirección de Aduanas (Goya), para el funcionamiento de la Zona Primaria Aduanera de Goya,un predio ubicado en la Manzana Nº 19, constante de 14.903,34 mts. Cuadrados de superficie; lindante al Norte con calle Uruguay (hoy Carlos Guido y Spano), al Sur con Avenida Sarmiento (hoy Neustadt), al Este con calle sin nombre (hoy La Pampa) y al Oeste calle Mendoza, según Duplicado de Mensura Nº 1.801 “N” de propiedad Municipal.-

 

ARTICULO 2º: LA ADUANA DE GOYA tendrá la obligación de iniciar sus actividades de construcción u operatividad en el predio cedido dentro del término de dos (2) años a partir de la promulgación de la presente. En caso de incumplimiento del cargo referenciado la Municipalidad, de pleno derecho, queda facultada a dejar sin efecto la presente Ordenanza.

 

ARTICULO 3º: AUTORIZAR a Asesoría Letrada a confeccionar la documentación correspondiente para la concreción de lo dispuesto por la presente.-

 

ARTICULO 4º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.-

 

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los doce días del mes de noviembre de dos mil ocho.-

 

                       Dr. GERARDO LUIS URQUIJO                    MABEL BARRILE DE MARTINEZ
                                      Secretario                                                          Presidente 

 

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