ORDENANZA Nº 1.261

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 11 DE JULIO DE 2005
VISTO:

La solicitud de aumento de tarifas en el transporte urbano de pasajeros presentada por las Empresas prestatarias por nota de fecha 30/05/05. Y; ; ;

CONSIDERANDO;

Que la solicitud de los empresarios se fundamenta en el aumento significativo de los costos operativos.

Que la falta de adecuación de los ingresos a este aumento de costos hace peligrar la continuidad del servicio debido a la imposibilidad de sostener en el tiempo una situación deficitaria.

Que es necesario atender la situación de estas empresas locales que realizan importantes inversiones y generan puestos de trabajo.

Que la cláusula 8 del Anexo Io "Condiciones y Cláusulas Especiales" de la Licitación Pública N° 03/01 establece que corresponde al Honorable Concejo Deliberante resolver en toda modificación tarifaria.

Por todo ello.

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

ARTICULO Io: ESTABLECER a partir del 1 de julio de 2005 las siguientes tarifas para el Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros:

Boleto Común:                         $ 1,00

Boleto Escolar:                         $ 0,40

Boleto Cementerio:                  $ 1,10                                              

ARTICULO 2o: COMUNIQÚESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, se al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.-

Dado en el Salón de Sesiones H. Concejo Deliberante a los seis días del mes de Julio de dos mil cinco.-

 

                             Dr. Gerardo Luis Urquijo                           José Lisandro Vassel

                                      Secretario                                                     Presidente

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