PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 01 DE DICIEMBRE DE 1988
VISTO:
La solicitud de la Mutual del Personal de Agua y Energía Eléctrica Corrientes, de ratificación de la Ordenanza N° 32/80. Y ;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza Nº 32 del 17/12/80 se dispuso la donación a la Mutual del Personal de Agua y Energía Corrientes de una fracción de terreno ubicado en la MANZANA Nº242- LOTE Nº 30.
Que la Mutual con fecha 13-04-81 aceptó la donación del inmueble con las condiciones fijadas en la Ordenanza Nº 32/80.
Que la misma tiene posesión desde hace muchos años, habiendo realizado innumerables mejoras en el inmueble.
Por todo ellos
LA MUNICIPALIDAD REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
ARTICULO Io:- RATIFICAR la Ordenanza B° 32/80 en todos sus términos, la que se agrega a la presenté.-
ARTICULO 2°:- AUTORIZAR al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL a escriturar a favor de la Mutual del Personal de Agua y Energía Eléctrica Corrientes, Filial Goya, el LOTE Nº 30 de la MANZANA N° 242. Constante de 8,10 mts, de frente por 25,70 mts, de fondo con iguales contrafrente y contrafondo, corriendo los gastos de escrituración por cuenta del donatario.-
ARTICÜLO 3°*- COMUNICAR al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-
Dado en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE a los veintinueve días del mes de Noviembre de Mil Novecientos Ochenta y Ocho.-
Dra. Hebe Gonzalez Vilas de Vassallo C. Griselda Monticelli
Secretaria Vicepresidente 1º
H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante