ORDENANZA Nº 1.456

PROMULGADA POR  EL D.E.M DE FECHA 29 DE DICIEMBRE DE 2008

 

V I S T O:

La existencia del antiguo edificio ubicado en intersección de calles San Martín y Corrientes, lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal y la Ordenanza Nº 1.155. Y;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;,

 

C O N S I D E R A N D O:

 Que su fecha de construcción data del año 1892. Siendo su primer propietario el Sr. Ambrosio Baibiene.

Que su estructura edilicia fue concebida como vivienda urbana con las características propias de fines del siglo pasado.

Que la fachada se materializa mediante composición y repertorio Italianizante. Zócalo coincidentes con los antepechos de las ventanas, pilastras corintias modulando la fachada, friso, cornisamento, frontones curvos sobre las ventanas y portales con arco de medio punto y destacadas molduras.

Que se trata de una obra jerarquizada por su escala y que actualmente se halla en muy buen estado de conservación.

Que en cuanto a sus datos técnicos y tipológicos: El partido en “U” se desarrolla a partir de tiras de habitaciones que se vuelcan a galería alrededor de un patio principal con aljibe. El lote en esquina posibilita un extenso desarrollo sobre la línea municipal donde se ubican las dos alas principales. En su Cubierta: Chapas de cinc, cielorraso de yeso, tejuelas, madera. Sus Columnas y capiteles: pilares de mampostería. Sus muros: mampostería de ladrillos comunes. Sus pisos: Baldosas cerámicas, mosaicos calcáreos y pinotea original.

 Que es potestad y responsabilidad del municipio preservar el patrimonio histórico y cultural del departamento de Goya, tal como lo prescribe el art. 20, 21 y 22 de la Carta Orgánica Municipal.

 Por todo ello.


LA MUNICIPALIDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A:

 

ARTICULO1º: DECLARAR patrimonio histórico cultural de Goya, a la antigua casa-edificación, ubicada en la intersección de calles Corrientes y San Martín, donde actualmente reside la familia Garnero.

 

ARTICULO 2º: DISPONER su inscripción en el Registro del Patrimonio Cultural de Goya.

 

ARTICULO 3º: ENTREGAR copia de la presente a la Familia Garnero.

 

ARTICULO 4º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

 

Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los diecisiete días del mes de diciembre de dos mil ocho.-

 

 

 

 

 

                                  Dr. GERARDO LUIS URQUIJO                 MABEL BARRILE DE MARTINEZ

                             Presidente                                             Secretario

 

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