ORDENANZA Nº 1.773

PROMULGADA POR EL D.E.M. FECHA 04/11/2014


V I S T O:
El expediente Nº 2.285/14 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “DONACIÓN CON CARGO DE UNA FRACCIÓN DE INMUEBLE  DE LA MUNICIPALIDAD DE GOYA  A LA ASOCIACIÓN  PARA LA INTEGRACIÓN DE PERSONAS ESPECIALES “A.P.I.P.E.”.Y; ;

 

C O N S I D E R A N D O:


El expediente Nº 2.276 sobre “A.P.I.P.E. SOLICITA DONACION DE INMUEBLE;  donde se agrega la nota de la ASOCIACION PARA LA INTEGRACIÓN DE PERSONAS ESPECIALES, “A.P.I.P.E.”  por la que reitera su pedido, de DONACION de una fracción de inmueble, de propiedad Municipal; lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal de Goya artículo 26, 32, 78 inciso 17, siguientes y concordantes.

Que  la “ASOCIACION  PARA LA INTEGRACIÓN DE PERSONAS ESPECIALES-“A.P.I.P.E.”, exhibe una trayectoria de  trabajo incansable en pro del cumplimiento de sus objetivos: dar posibilidades de participación igualitaria e integración a personas con discapacidad, para lo cual desarrolla numerosas actividades en su CENTRO DE DÍA donde proporciona estimulación temprana y rehabilitación integral a grupos de personas, generalmente de bajos recursos y en situación de vulnerabilidad social.

Que en pro de contar con instalaciones acordes a los requerimientos de las actividades de rehabilitación que desarrolla la Institución  es que se planteó la necesidad de contar con mayor espacio físico, ya que el terreno originario  de la Institución se ocupa con aulas, gabinetes y sector administrativo. En tal sentido y existiendo, a la fecha de su pedido inicial, dos terrenos contiguos, linderos y baldíos  a su sede en la Manzana 342 del plano Municipal de esta ciudad, tramitó, en forma reiterada, se le transfieran por Donación. El CENTRO DE RESIDENTES ENTRERIANOS DE GOYA así procede y otorgar ese acto por Escritura Pública número OCHO, Protocolo Único, de fecha siete de mayo de dos mil catorce, autorizada por la Escribana Marta Alicia Reyes, por ella APIPE  adquiere el dominio del terreno lindero inmediato a su sede identificado como Lote Dos del Duplicado de Mensura Nº 2.716-N INSCRIPTO a su nombre en el Registro de la Propiedad Inmueble en Donación; al Folio Real Matrícula Nº 7.841, Departamento Goya el 16/05/2014; en la Dirección General de Catastro bajo Adrema: I1- 159969-1 el 02/06/ 2014 y en la Municipalidad de Goya al Tomo 78, folio 40.073 el 09/06/ 2.014 como se prueba con la fotocopia del título que agrega a su requisitoria actual. Con respecto al inmueble siguiente y que linda materialmente con el antes descripto, luego de distintas alternativas, en el expediente que se tramitó en este Honorable Concejo Deliberante  Nº 1.876/ 2.012   “CENTRO DE EX COMBATIENTES DE MALVINAS” –REVOCANDO LA DONACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DE SU SEDE, se procede, por Ordenanza Nº 1.612/12, promulgada por el DEM el 11/06/2002, en  el Artículo 1º  a REVOCAR la donación efectuada por la Ordenanza Nº 22 del año 1.982 Homologada por Decreto Nº 588 de fecha 2 de marzo de 1.983, a favor del CENTRO DE RESIDENTES ENTRERIANOS DE GOYA por incumplimiento del cargo impuesto a la donataria; refiriéndose la donación revocada al Lote Nº 1  del Duplicado de Mensura Nº 2716-N; se procede  en el ARTICULO 3º:  a DONAR por el Municipio  al Centro de Ex Combatientes de Malvinas de la ciudad de Goya, para la construcción de su Sede, del lote Nº 1 duplicado de mensura Nº 2716-N, manzana 342 del plano de Goya, la fracción definida en el croquis que se adjunta como letra “A” constante de una superficie total de 275 mts2, lindante al Norte: calle Ángel Soto; al Sur: fracción “B” la que se reserva el Municipio; al Este: lote 2 del Duplicado de Mensura 2716-N; al Oeste: Calle 12 de Octubre. El sentido de la reserva de la  fracción B lindera por el cardinal Sur a la antes descripta,  quedó plasmado en el Acta Nº 948 de fecha 30/05/ 2012 de este Honorable Concejo Deliberante,  donde se expresa que existe la voluntad de DONARLA a “A.P.I.P.E. ”,  cuando fuera propietaria del inmueble identificado como Lote 2 del Duplicado de Mensura Nº 2.716-N,  a la que por disposiciones Catastrales debía anexarse, y con el fin de que ésta pudiera contar con un espacio para el ingreso de la ambulancia que posee. Se agregan también al expediente relacionado las notas con reiterados pedidos de la Institución.

Por ello.

///Corresponde a la Ordenanza Nº 1.773


LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO


O R D E N A:


ARTICULO 1º: DONAR a la ASOCIACION PARA LA INTEGRACIÓN DE PERSONAS ESPECIALES- A.P.I.P.E.” la PARCELA “B” del croquis oportunamente confeccionado por la Secretaría Municipal de Planeamiento,  constante de CINCO METROS de frente al Oeste sobre calle 12 de Octubre, por igual contrafrente al Este, donde linda con Lote 2 del Duplicado de Mensura Nº 2.716-N, propiedad de A.P.I.P.E., al que oportunamente se anexará, por ONCE METROS de fondo al Sur donde linda con Lote 4 del mismo plano de Mensura, por igual medida de contrafondo al Norte donde linda con parcela “A” del mismo croquis, donada  al “CENTRO DE EX COMBATIENTES DE MALVINAS DE LA CIUDAD DE GOYA”, lo que hace la superficie total de CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS; todo sujeto a mensura definitiva que deberá ejecutarse sobre el inmueble.

ARTICULO 2°: LA DONACIÓN se realiza con el cargo de que construyan el acceso vehicular en un plazo no mayor a 5 años.

ARTICULO 3º: FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, una vez que ejecute la retrocesión del dominio a favor de la Municipalidad de Goya del Lote 1 del Duplicado de Mensura Nº 2.716-N dispuesta en el Artículo 1 de la  Ordenanza Nº 1610/12, promulgada por el D.E.M. el 11/06/2012, y confeccionada que fuera la Mensura de subdivisión del inmueble, a suscribir la Escritura de Donación determinada en el artículo 1 de la presente, con facultades y cláusulas de estilo; y cuyo costo, por todo concepto, deberá ser afrontado por la Donataria.

ARTICULO 4º: AL OTORGAR la escritura traslativa de dominio se dejará constancia de que la Municipalidad de Goya no queda obligada por evicción

ARTICULO 5º: DESE copia de la presente a “A.P.I.P.E.” a sus efectos.


ARTICULO 6º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.


Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintinueve días del mes de Octubre de dos mil catorce.-

 


Dr. Gerardo Luís Urquijo
Secretario
        


Dr. Carlos Alberto Rajoy
Vice Presidente 1º
a/c presidencia


 

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