ORDENANZA Nº 1.506

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 13 DE SEPTIEMBRE DE 2010

V I S T O:
El Expediente Nº 1.693/10 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre ”PRESENCIA POLICIAL EN EVENTOS PUBLICOS."Y; ; ;
 
 
C O N S I D E R A N D O:
 
La necesidad de establecer y/o fijar las pautas para la toma de razón y presencia policial.
Que son cada vez más frecuentes, los distintos tipos de incidentes y altercados en eventos públicos y boliches bailables-nocturnos.
Que no solo es una realidad local, sino también provincial y hasta a nivel nacional, de la cual somos informados casi diariamente por los distintos medios de difusión (diarios, revistas, programas de TV, etc.). 
Que es materia privativa del Municipio de ésta ciudad de Goya, en consonancia con las Leyes Provinciales y Nacionales vigentes en la materia; velar por la correcta realización, desenvolvimiento y seguridad de las personas que allí concurren.
Que toda disposición y/o reglamentación en tal sentido, se encuentra estrechamente vinculada con la potestad como organismo de contralor que el Municipio debe hacer prevalecer, en defensa del bienestar común de todos sus habitantes.
Que existiendo ya la modalidad de rigor legal, de requerir la correspondiente autorización a Inspección General del Municipio, antes de la realización de eventos públicos o privados con fines de lucro. Nos encontramos ante la situación de que en ocasiones se contrata servicio particular para la seguridad de los mismos. Pero que ante el hecho delictivo o contravencional no poseen facultades para intervenir; requiriendo inexorablemente el auxilio de la fuerza pública (Policía), que muchas veces llega demasiado tarde para tal intervención.
Que siendo así, surge nítidamente la imperiosa necesidad de que también le sea requerido a la fuerza Policial, en jurisdicción competente, la realización del evento.
Que recientemente en Plenario de Consejos Vecinales de ésta ciudad de Goya, reunidos con los ediles en el edificio municipal, plantearon entre otros temas de vital importancia, tal participación policial en los eventos públicos.
Que todo ello conlleva a que el Municipio adopte las medidas y/o medios o mecanismos necesarios para la implementación de la presente norma.
 
Por todo ello.
 
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
 
O R D E N A:
 
 
ARTICULO 1º: ESTABLECER la obligatoriedad para la realización de eventos públicos o privados con fines de lucro, la presencia de personal policial.-
 
ARTICULO 2º: Se entenderá por fines de lucro, a los efectos del Artículo 1º de la presente, las actividades en las cuales se cobre entrada para el ingreso al evento; cualquiera sea su naturaleza.-
 
ARTICULO 3°: LA AUTORIDAD de aplicación exigirá un mínimo de dos efectivos policiales en el evento, pudiendo esta cifra ampliarse de acuerdo a criterios de Inspección General juntamente con la autoridad policial.-
 
ARTICULO 4°: DICHO PERMISOpara la realización del evento, expedido por la autoridad policial correspondiente a la jurisdicción competente; deberá ser presentado a Inspección General con un mínimo de siete días de anticipación.-
 
ARTICULO 5º: Los eventos privados sin fines de lucro podrán también solicitar la presencia policial.-
 
ARTICULO 6º: CURSAR copia de la presente a Inspección General del Municipio de Goya y a la Unidad Regional II de la ciudad de Goya (Ctes.), para la respectiva toma de razón.-
 
ARTICULO 7º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-
 
Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los cuatro días del mes de agosto de dos mil diez.-

Dr. GERARDO LUIS URQUIJO
             Secretario                                                               
MABEL S. BARRILE DE MARTINEZ
Presidente               
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