ORDENANZA Nº 1.511

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 03 DE SEPTIEMBRE DE 2010

V I S T O:
El expediente Nº 1.705/10 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 2º Y 3º DE LA ORDENANZA Nº 1.510”, elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal.Y; ; ;
 
 
C O N S I D E R A N D O:
 
 
Los términos de la Ordenanza Nº 1.510.
 
Que es necesario modificar el artículo 2º de la mencionada con el fin de autorizar para adquirir una (1) camioneta más, para ser destinadas al PRO.DE.GO.
 
Que en su artículo 3º se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal hasta la suma de $700.000, por lo que en vista de la ampliación señalada precedentemente, resulta necesario modificarla; elevándolo hasta la suma de $ 850.000, pagaderos entre treinta y seis cuotas consecutivas iguales y sin intereses, destinado exclusivamente para la compra establecida en el artículo 2º de la misma.
 
Por todo ello.
 
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
 
O R D E N A:
 
 
ARTICULO 1º: MODIFICARel Artículo 2º de la Ordenanza Nº 1.510, el que quedará redactado de la siguiente manera:“ARTICULO 2º: AUTORÍZASEal Departamento Ejecutivo Municipal a encomendar a Estado Provincial la compra de DOS (2) TRACTORES CON PALAS CARGADORAS para obras públicas y viales, y TRES (3) CAMIONETAS 4X2 para la Dirección de Tránsito, Inspección General y PRO.DE.GO., para ser destinado a los fines establecidos en el art. 1º del Decreto Nº 2.044/10.”.-
 
 ARTICULO 2º: MODIFICARel Artículo 3º de la Ordenanza Nº 1.510, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 3º: AUTORÍZASEal Departamento Ejecutivo Municipal a ceder y transferir en garantía y en forma irrevocable a favor del Estado Provincial, los derechos sobre los fondos provenientes del Régimen Provincial de Coparticipación de Impuesto ley Nº 4752, sus modificatorias y complementarias, y/o cualquier régimen que en el futuro lo sustituye hasta la suma de OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 850.000), pagaderos en treinta y seis (36) cuotas consecutivas iguales y sin intereses; destinado exclusivamente para la compra establecida en el Artículo 2º de la presente”.-
 
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-
 
Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los un día del mes de septiembre de dos mil diez.-

Dr. GERARDO LUIS URQUIJO
Secretario                                                                   
MABEL S. BARRILE DE MARTINEZ
Presidente                
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