ORDENANZA Nº 1.850

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 11/04/2016

 

V I S T O:

El expediente Nº 2.410/14 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Declarar Patrimonio Histórico Cultural al edificio donde funciona la Asociación Mutual de Maestros de Goya y Biblioteca Popular Domingo Faustino Sarmientoy lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal en su artículo 35°, la Ordenanza N° 1155 y Ley provincial N°4047.  Y; ; ;

 

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que por sus características arquitectónicas y por ser sede de las actividades de la Asociación Mutual de Maestros de Goya y Biblioteca Popular Domingo Faustino Sarmiento creada el 11 de septiembre de 1911 forma parte de la historia y la cultura goyana, ya que fue la primera biblioteca de la ciudad de Goya.

Que desde el Año 1949 lo hizo como Asociación Mutual de Maestros al extender sus beneficios de servicios médicos y farmacéuticos a subsidios para casos de operaciones así como por fallecimiento e inhabilidad para el trabajo.

Que funcionó en el edificio el gremio docente dado que “las primeras experiencias de sindicalización del magisterio en la Argentina con una escala significativa, se produjeron en las décadas de 1940 y 1950, durante el gobierno de Juan Domingo Perón”.

Que la Asociación Mutual de Maestros y Biblioteca Popular Domingo Faustino Sarmiento es propietaria del inmueble que ocupa y se trata de una institución sin fines de lucro que no tiene dependencia de ningún órgano estatal o privado.

Que de acuerdo al informe aportado por el arquitecto Gustavo Urquijo se trata de un edificio del período italianizante, ventanas verticales enmarcadas por una moldura y con una distribución regular, zócalo y remate superior por lo que su construcción data de 1890 aproximadamente. La fachada fue modificada en la década del ochenta, actualmente tiene un aspecto más colonial. Por la ausencia de divisiones interiores pareciera que fue construida para ser destinado a biblioteca.        

Que se distinguen en el edificio dos partes: la sala de lectura y un sector nuevo la Sala Temática Regional e Informática y Hemeroteca.

Que en la sala de lectura “Osiris Lorenzo González”, llamada así en homenaje a quien fuera socio fundador y primer presidente de la Asociación de maestros se encuentran libros de interés general así como material audiovisual.

Que en ambas salas, el acervo bibliográfico se acrecienta y renueva en forma anual con las adquisiciones que se realizan en la Feria Internacional del Libro de Buenos Aires y donaciones particulares. Cabe destacar la presencia en las estanterías de la biblioteca de la tesis para acceder al título de doctor en medicina “Cinco casos clínicos interesantes” (editado en 1901) del Dr. Camilo Muniagurria médico, catedrático e investigador cuyo nombre lleva el Hospital Regional de nuestra ciudad; así como el libro “Orígenes y Leyes del Idioma Guaraní” que data del año 1916. Su autor fue T. Alfredo Martínez. La ordenanza N° 1160, declaró Patrimonio Histórico Cultural de Goya dichos manuscritos.

Que el 25 de abril de 2007 fue inaugurada con el nombre Sala Temática Regional “María Blanca Giorgetti de Maciel” en honor a la madre del mecenas de la biblioteca, Dr. Rogelio Maciel. En el ámbito de dicha sala funciona el Rincón de Lectura Infanto Juvenil “Luis Horacio Carbone” en homenaje a quien fuera socio e integrante del Consejo Directivo.

Que la biblioteca el 11 de septiembre del 2016 cumplirá 105 años. Cuenta con más de 25.000 ejemplares y una asistencia media de 4.500 lectores por año, constituye una ayuda fundamental para muchos niños y jóvenes que necesitan información para realizar sus tareas escolares, así como para aquellos que la lectura por placer sigue siendo una sana costumbre.

Que el mobiliario constituye una verdadera reliquia digna de ser resguardada ya que data de la fecha de su creación.

 

 

///Corresponde a la Ordenanza Nº 1.850

 

Actualmente está dotada de fotocopiadora, equipo informático, software de gestión, Internet de banda ancha para ampliar el alcance de los servicios bibliotecarios y WI-FI.

Que la Asociación Mutual de Maestros y Biblioteca Popular D. F. Sarmiento ha compartido su edificio con otras organizaciones sociales cuando estas lo han requerido por carecer de espacio físico, como ser el Hogar San Vicente de Paul, Grupo Scout Nuestra Señora del Rosario, Centro de Jubilados de Pensionados Provinciales, etc.

Que en la actualidad la función social se extiende hacia otras instituciones culturales quienes al no poseer espacio físico propio se le cede en forma gratuita y solidaria la Sala Temática Regional para la realización de reuniones o encuentros entre ellas la SADE filial Goya, Junta de Historia de Goya, etc.

Que se hace urgente tomar decisiones para evitar que la Comunidad goyana pierda una pieza esencial de su identidad y que borraría más de cien años de su historia.

Que es potestad y responsabilidad del H. Concejo Deliberante preservar el patrimonio histórico y cultural de nuestro municipio

 

Por todo ello.

 

 

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 

 

O R D E N A:

 

 

ARTICULO 1º: DECLARAR PATRIMONIO HISTÓRICO CULTURAL de GOYA al inmueble propiedad de la Asociación Mutual de Maestros y Biblioteca Popular Domingo Faustino Sarmiento sito en calle Mariano I. Loza Nº 564, Manzana 274, del plano municipal de la ciudad de Goya identificados con Adremas I1-20890-1 y I1-20891-1, inscriptos en el Registro de la Propiedad Inmueble de Corrientes- Tomo: 63    Folio: 1483- Cuaderno Nº 149/42260 año 1946.

ARTICULO 2º: DISPONER su inscripción en el Registro del Patrimonio Histórico Cultual de Goya.

ARTICULO 3º: LA presente declaración no implica afectación alguna de los derechos de los propietarios sobre el dominio del inmueble.

ARTICULO 4º: El Honorable Concejo Deliberante de Goya colocará una placa recordatoria de esta declaración con número de Ordenanza y fecha de sanción.

ARTICULO 5º: REMITIR copia de la presente a la Asociación Mutual de Maestros y Biblioteca Popular Domingo Faustino Sarmiento y apoyar todas las gestiones que los mismos realicen para obtener los beneficios de la legislación nacional y provincial sobre protección, conservación y restauración de los bienes que integran el patrimonio cultural sin que esto signifique comprometer recursos del erario municipal.

ARTICULO 6º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.

 

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los treinta días del mes de marzo de dos mil dieciséis.

 

 

 

 

 

Dr. Gerardo Luís Urquijo

Secretario

 

 

      SELLO hcd con escud ctes03

 

 

 

 

Ariel Fernando Pereira

 Vice Presidente 2º

a/c presidencia

 

 

n.r.           

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