ORDENANZA Nº 1.244

PROMULGADA POR EL D.E.M  EL   04-04-05  

VISTO:

El expediente Nº 1.233/05 del Honorable Concejo Deliberante que contienen el Proyecto de Ordenanza sobre CONSTRUCCIÓN DE UNA ERMITA EN HONOR A LA VIEGEN “SANTA LIBRADA” EN EL BARRIO PANDO, presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal. Y;;;

CONSIDERANDO:

Que por expediente Nº 4.252/C/2004; 4.252/C/2004 (1) los vecinos del Barrio Pando solicitan autorización para la construcción de una ermita en honor a la Virgen “Santa Librada”, en la vereda de las esquinas Lavalle y Evaristo López.

Que la construcción no generará costo alguno a la Municipalidad, por ningún concepto, ya que los mismo se harán cargo de los gastos que demande la correspondiente construcción.

Que las características de la obra en cuestión figuran como Anexo I de la presente Ordenanza.

Por todo ello.

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

ARTICULO 1º: AUTORIZA a los Vecinos del Barrio Pando, la construcción y mantenimiento de una ermita ubicada en la intersección de las calles Evaristo López y Lavalle (esquina N.O. zona vereda); con las características y cotas que presenta el croquis que se adjunta como Anexo I de la presente Ordenanza.

ARTICULO 2º: LOS COSTOS que demande la obrar correrán por cuenta de la Comisión Vecinal de dicho Barrio.-

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

Dado en el Salón de Sesione del H. Concejo Deliberante a los treinta días del mes de Marzo de dos mil cinco.-

 

       

 

 

 

Dr. Gerardo Luis  Urquijo

Secretario

 

 

 

       

 

 

 

José Lisandro Vassel

 presidente