ORDENANZA Nº 1.252

PROMULGADA POR EL D.E.M EL 02-06-05  

VISTO:

El expediente N° 1.253/05 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza estableciendo "Nueva Escala Tarifaria para el Servicio de Remises" y la nota presentada por propietarios de Agencias de Remises, con fecha 14/09/04. Y; ; ;

CONSIDERANDO:

Que tanto los titulares de las Agencias como los propietarios de Remises han manifestado la necesidad de una actualización de las tarifas de dichos servicios, debido a la desaparición de la estabilidad monetaria y al fuerte y constante incremento de los costos operativos.

Que dicha situación es fácilmente verificable por el aumento de los precios todos y cada uno de los ítems que compone la tarifa.

Que los solicitantes han presentado sus análisis del que se deduce que el valor de las tarifas actuales han quedado desactualizados en relación a los costos operativos, impidiendo la posibilidad de una retribución acorde con el esfuerzo realizado y de la reposición de las unidades utilizadas.

Que el análisis cronológico de los valores evidencian la notable distorsión existente entre el incremento de los costos y los ingresos, según antecedentes adjuntos en el expediente N° 1.253.

Que el artículo 29 de la Ordenanza N° 887/97 establece que las tarifas de taxis y remises serán determinadas por Ordenanza.

Que atento a los antecedentes que obran en este Honorable Concejo Deliberante con fecha 27/05/02 se ha sancionado la Ordenanza N° 1.083/02 promulgada por Resolución N° 1.587/02.

Por todo ello.

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

ARTICULO Io: ESTABLECER la nueva Escala Tarifaria por la que se regirán los Servicios de Remises y Taxis en el Departamento de Goya desde el momento de su promulgación y que se detalla en el Anexo I de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 2o: COMUNIQÚESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.-

Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los un día del mes de Junio de dos

mil cinco.-

                        Dr. Gerardo Luis Urquijo                José Lisandro Vassel

                                    Secretario                                    Presidente

 

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