PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 27 DE JUNIO DE 2005
ORDENANZA N° 1.255
VISTO:
El expediente N° 1.259/05 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza "ADJUDICANDO EN VENTA TERRENO MUNICIPAL A NOMBRE DE MARTA MABEL PERALTA", enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal. Y; ; ;
CONSIDERANDO:
El expediente N° 163/O/04 por el cual la señora MARTA MABEL PERALTA solicita la compra del terreno donde se halla viviendo.
Qué el inmueble solicitado se halla inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.
Que se halla dentro de las condiciones establecidas dentro de la Ordenanza Municipal N° 723/96.
Que de acuerdo a lo solicitado y dictaminado por Asesoría Letrada no existen impedimentos algunos.
Vigente
Por todo ello y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal
L A MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
ARTICULO Io: ADJUDICAR en venta a la señora MARTA MABEL PERALTA D.N.I. N° 30.446.9G6 con domicilio en calle Santiago Derqui N° 785, Lote 20 de la Manzana N° 35 del Plano Oficial de Goya individualizado en el Duplicado de Mensura aprobado por la Dirección General de Catastro, bajo N° 3.198-N cuyas dimensiones son 11,10 mts. De frente por 28,00 de fondo, hallándose dentro de los siguientes límites y linderos, de acuerdo al duplicado mencionado anteriormente: al Norte: con el lote N° 1; al Sur: con calle Santiago Derqui; al Este: con calle Mendoza; al Oeste: con lote N° 19. Una superficie total de 310,80 mts. Inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya en el Registro de la Propiedad Municipal en el T° 49 - F° 20.722 - año 1.985 - Adrema 11-11639-1, en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia en Folio Real Matrícula N° 13.389 de fecha 06/09/85.-
ARTICULO 2o: EL PRECIO de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido
en el articulo 5o de la Ordenanza Municipal N° 723/96.-
ARTICULO 3o: LA Municipalidad de Goya no responderá por evicción ni vicios redhibitorios.-
ARTICULO 4o: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta en la forma y condiciones establecidas en la presente Ordenanza, como así también a agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses
municipales
ARTICULO 5º: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la pertinente escritura traslativa de dominio una vez abonado el total del precio Establecido.
ARTICULO 6o: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCIVESE.-
Dado en el Salón de Sesiones del H. Consejo Deliberante a los quince días del mes de Junio de dos mi l cinco.-
Dr. Gerardo Luis Urquijo José Lisandro Vassel
Secretario Presidente