ORDENANZA Nº 1.989

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 13 DE ABRIL DE 2018

 

V I S T O:

 

El Expte. N° 431/2018 del Departamento Ejecutivo Municipal y el artículo N° 78° inc. 16 de nuestra Carta Orgánica Municipal.-

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que se presentan los señores Ramón G. Salinas, Antonia Salinas, Juan Salinas, María Salinas  y Mauro Salinas,  mediante nota fechada el día 15 de enero 2018, donde realizan la oferta de donación de un inmueble con la finalidad de que se construya un corral y bañadero comunitario para que sea utilizado por  los pequeños y medianos productores de la zona.

Que la oferta de donación se refiere a una fracción del inmueble  propiedad de los donantes Salinas que se identificada  en el Plano de Mensura N° 4251-N como LOTE B, Matricula N° 13088, constante de una superficie total de UNA HECTAREA, SESENTA Y TRES AREAS Y OCHO CENTIAREAS (1.63.08 HAS), bajo Adrema l1-2884-2.

Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 78° inc. 16 de nuestra Carta Orgánica Municipal, el Honorable Concejo Deliberante debe autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar donaciones con cargo.-

Por todo ello;;;

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 

 

O R D E N A:

 

 

ARTICULO 1º: PROCEDA el Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la donación, realizada por los señores Ramón G. Salinas, Antonia Salinas, Juan L. Salinas, María S. Salinas y Mauro de la Cruz Salinas, del paraje Maruchas a favor de la Municipalidad de Goya, referida al inmueble propiedad de los donantes que se identificada  en el Plano de Mensura N° 4251-N como LOTE B, constante de una superficie total de UNA HECTAREA, SESENTA Y TRES AREAS Y OCHO CENTIAREAS (1.63.08 HAS), bajo Adrema l1-2884-2.

ARTÍCULO 2º: LA DONACION se refiere a la utilización del inmueble para la construcción de un corral y bañadero comunitario para que sea utilizado por  los pequeños y medianos productores de la zona.-

ARTICULO 3º: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICPAL se tomará a su cargo los gastos y honorarios que demande la confección de la escritura traslativa de dominio a su favor.

ARTICULO 4º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los cuatro días del mes de Abril de dos mil dieciocho.

 

 

 

 

 

Dr. Gerardo Luís Urquijo 

Secretario

       

 

 

 

Cr. Daniel Jacinto Avalos

     presidente

 

 

 

 

 

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