PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 29 MAYO DE 2018
V I S T O Y C O N S I D E R A N D O:
Que el Decreto Provincial Nº 705 de fecha 19 de Abril de 2013, crea el Programa Provincial de Mejora de la Gestión Municipal, modificando los alcances del Decreto Provincial N° 2044/10, con el objeto de adquirir rodados, utilitarios, y maquinarias para uso vial, bienes de uso, instalaciones y/o prestación de servicios comunales, como así también la financiación de proyectos que contribuyan a la mejora de la gestión municipal.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal necesita autorización para encomendar al Estado Provincial la compra o la asistencia financiera para la adquisición de 2 Retroexcavadora, 1 Pala cargadora, y 2 camiones, para ser destinados a los fines establecidos en el artículo 1 del mencionado Decreto.
Que resulta necesario el dictado de la presente a los efectos de otorgar las autorizaciones necesarias a los fines de aprobar la adquisición de los bienes.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:
ARTICULO 1º: AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a solicitar al Estado Provincial la compra o la asistencia financiera para la adquisición de:
2 (dos) Retroexcavadora con pala cargadora de aproximadamente de las siguientes característica: 4x4 con 100HP, cabina y A/A montada sobre neumáticos con tracción doble.
1 (Un) cargador frontal de aproximadamente de la siguiente característica: capacidad 1,5 m3. Motor 44ST/M2 Potencia 82kw.
2 (dos) camiones cabina simple de aproximadamente de la siguiente característica: 6 cilindro 210cv turbodiésel con dos (2) cajas volcadoras con toma de fuerza y bomba hidráulica.
ARTICULO 2°: CÉDESE y transfiérese, en garantía y en forma irrevocable a favor del Estado Provincial, los derechos sobre los fondos provenientes del Régimen Provincial de Coparticipación de Impuestos, Ley Nº 4752, sus modificatorias y complementarias, y/o cualquier Régimen que en el futuro lo sustituya, y autorizando al Estado Provincial a retener automáticamente del régimen citado las sumas necesarias para cancelar totalmente la adquisición del/los bien/es mencionado/s en el artículo anterior.
ARTICULO 3º: AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir toda la documentación necesaria, realizar los trámites y gestiones pertinentes ante el Estado Provincial y otras dependencias, para aceptar la adquisición e inscripción del bien indicado en el artículo 2º.
///Corresponde a la Ordenanza Nº 1.995
ARTÍCULO 4º: AUTORÍCESE, a la Tesorería General de la Provincia a pagar en nombre del Municipio de GOYA, el/los bien/es adquirido/s según la autorización del Articulo 2.
ARTICULO 5º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintitrés días del mes de Mayo de dos mil dieciocho.
Dr. Gerardo Luís Urquijo
Secretario
Cr.Daniel Jacinto Avalos
presidente
n.r.