ORDENANZA Nº 1.531

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 11 DE ENERO DE 2011

V I S T O:
El Expediente Nº 1.752/10 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “REGLAMENTAR ESTACIONAMIENTO LIMITADO EN ZONA DE COSTANERA”. Y; ; ;
 
 
 
C O N S I D E R A N D O:                    
 
Que es imperioso reglamentar el Estacionamiento Limitado en el sector de Plaza Italia de nuestra ciudad –zona costanera: calle 12 de Octubre entre calles España y Juan Esteban Martínez; y, calle España entre Wenceslao Fernández y 12 de Octubre de nuestra ciudad.
 
Que la mencionada reglamentación debe implementarse durante los días viernes, sábados y vísperas de feriados, en el horario comprendido de 02 a 08 horas.
 
Que hace un tiempo atrás, éste Concejo sancionó una disposición de estacionamiento limitado en éste sector de la ciudad; que se aplicó una temporada, con resultados positivos a los reclamos de los vecinos del lugar.
 
Que ésta medida contribuirá con el tránsito en este lugar de la ciudad; que se convirtió en uno de los lugares de mayor concurrencia durante los días mencionados.
 
Que por la concurrencia masiva de personas en la zona y el estacionamiento actual, se producen diversos inconvenientes con los vecinos del lugar.
 
Que con esta normativa se busca salvaguardar el bienestar de vecinos del lugar, que en reiteradas oportunidades se manifestaron en reclamo de esta situación.
 
Que el Municipio debe prevenir y bregar por la seguridad y protección de todos los ciudadanos.
 
Por todo ello.
 
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
 
 
O R D E N A:
 
 
ARTICULO 1º: PROHÍBESE el estacionamiento sobre calles 12 de Octubre de ésta ciudad, entre calles España y Juan Esteban Martínez; y, por calle España desde Wenceslao Fernández hasta 12 de Octubre, para todo tipo de rodados; los días Viernes, Sábados y vísperas de feriados, desde las 02 horas hasta las 08 horas.-
 
ARTICULO 2º: LA DIRECCIÓN DE TRÁNSITO constatará el dominio vehicular (automóvil) de los vecinos de las calles mencionadas en el artículo 1º de la presente, y otorgará en forma gratuita la autorización de estacionamiento correspondiente.-
 
ARTICULO 3º: LA presente Ordenanza regirá desde el 1 de diciembre al 1 de marzo del año siguiente.-
 
ARTICULO 4º: A TALES EFECTOS la Municipalidad de Goya colocará carteles para indicar y advertir a los conductores de los rodados, dicha prohibición.-  
 
 
ARTÍCULO 4º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-
                                                                                  
Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de diciembre de dos mil diez.-

Dr. GERARDO LUIS URQUIJO
             Secretario                                             
Prof. GERARDO HORACIO BASSI
Presidente               
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