ORDENANZA Nº 2.033

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 30 DE NOVIEMBRE DE  2018


V I S T O:
El Expediente Nº 2.827/18 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “REORDENAMIENTO TRANSITO VEHICULAR, CALLE ÑAEMBE Y CALLE PAGO LARGO DE LA CIUDAD DE GOYA”. Y; ;


C O N S I D E R A N D O:

Lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal Artículos 47 inciso 5 y 78 inciso 35, y la  necesidad de reglamentar  la circulación y estacionamiento de vehículos,  en las calles Pago Largo y Ñaembé de nuestra ciudad.

Que la calle  Pago Largo  es transitada en doble mano en sentido norte/sur y viceversa y es una de las arterias principales de tránsito de la zona norte de Goya.

Que la calle Ñaembé,  recientemente pavimentada,  aumentó su tránsito vehicular en sentido norte/sur y viceversa.

Que la calle Ñaembé hoy reúne las condiciones para poder  aplicar este ordenamiento del tránsito automovilístico y de peatones.

Que estas vías de circulación configuran accesos claves, siendo muy  significativas, considerando que nuestra ciudad presenta una vastísima  extensión conformada por numerosos barrios, instituciones, locales comerciales y escuelas, entre otros, en este sector.

Que la dirección de circulación debe ser uniforme, para optimizar el tráfico posibilitando de este modo mayor nivel de seguridad y orden vial.

Que corresponde al municipio, poner en funcionamiento las medidas que contribuyan al bienestar y salvaguarda de los habitantes y transeúntes de la ciudad.

Que ante estas situaciones, es necesario el reordenamiento del tránsito vehicular, reglamentando el sentido de circulación en ambas arterias.

Por ello.

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A:


ARTICULO1°: ESTABLECER el sentido de circulación vehicular con sentido sur – norte  de la calle Pago Largo, en sector pavimentado.

ARTICULO 2º: ESTABLECER el sentido de circulación vehicular con sentido norte – sur  de la calle Ñaembé en su sector pavimentado.

ARTICULO 3º: ESTABLECER el sentido de circulación vehicular, con sentido este – oeste en calle Constitución Nacional en su sector pavimentado.

ARTICULO 4º: SE ESTABLECERA el estacionamiento en ambas arterias por mano derecha.


///Corresponde a la Ordenanza Nº 2.033


ARTICULO 5º: LA SEÑALIZACIÓN correspondiente a la presente estará a cargo de Inspección General.

ARTÍCULO 6°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiocho días del mes de Noviembre de dos mil dieciocho.



Dr. Gerardo Luís Urquijo
Secretario
          
   



Cr. Daniel Jacinto Avalos
 presidente



n.r.

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