ORDENANZA Nº 2.030

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA  20 de noviembre de 2018

 

 

V I S T O:

El expediente N° 2.822/18 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene un Proyecto de Ordenanza sobre “MODIFICAR EL ARTÍCULO 1° DE LA ORDENANZA N° 2.005 del Honorable Concejo Deliberante. Y; ;

 

C O N S I D E R A N D O:

 

 

La necesidad de instalar una parada más de remises, en un lugar estratégico de la ciudad, para satisfacer las demandas de los vecinos.

 

Que la ciudadanía de Goya, demanda todo el tiempo la cercanía de las paradas de taxis y remises, a las instituciones públicas, sobre todo por seguridad.

 

Que si bien, hoy existen varios lugares establecidos, este sector es estratégico por la cercanía del Banco Provincia, Iglesia, plaza central y otros.

 

Que asimismo, estas paradas deben contar con la correspondiente señalización para contribuir al mejor ordenamiento del estacionamiento y tránsito vehicular.

 

Que al artículo N° 1 se le debe agregar una parada más, que cuente con dos móviles, en la intersección de las calles España, esquina Belgrano.

 

Por ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 

 

O R D E N A:

 

 

ARTÍCULO 1°: MODIFICAR la Ordenanza Nº 2.005 en su Artículo 1º; el que quedará redactado con el siguiente texto: “DETERMINAR, como paradas exclusivas de taxis y remises en:


- Hospital Zonal Goya “Dr. Camilo Muniagurria”, quince (15) lugares; seis (6) para distintas empresas de remises y nueve (9) para taxis.

-Calle Mariano I. Loza casi esquina Belgrano, sobre plaza Mitre, el lugar permitido deberá habilitar siete (7) remises de distintas empresas.

-Calle España casi esquina Colón sobre plaza Mitre, el lugar permitido deberá habilitar siete (7) remises de distintas empresas.

-Reubicar la parada de taxis de calle España, frente a la terminal; trasladándola hacia la calle José E. Gómez a continuación del espacio libre para maniobras de los colectivos de mediana y larga distancia que salen de la terminal.

-Dos móviles (taxis), próximos a la Clínica de la Mujer y el Niño.

-Dos móviles (taxis), próximo al Sanatorio Virgen del Rosario.

- Dos móviles (remises) en calle España esquina Belgrano.

 

 

///Corresponde a la Ordenanza Nº 2.030

 

ARTÍCULO 2°: El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a la demarcación correspondiente señalada en el artículo 1° de la presente a través de la Dirección de Tránsito Municipal.

 

ARTÍCULO 3°: Los gastos que imputen la presente se afectaran a la partida correspondiente.

 

ARTÍCULO 4°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los catorce días del mes de Noviembre de dos mil dieciocho.

 

 

 

 

Dr. Gerardo Luís Urquijo

Secretario

 

      

 

 

 

Cr. Daniel Jacinto Avalos

 presidente

 

 

n.r. 

 

 

 

 

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