ORDENANZA Nº 2.045

V I S T O:

Los términos de la Ordenanza Nº 2.040 promulgada por Resolución  Nº 1.000 de fecha 23 de abril del corriente año. Y; ;

 

C O N S I D E R A N D O:

Que existen inquietudes y peticiones concretas de distintos sectores de la Comunidad Goyana para que el plazo de acogimiento de la Ordenanza 2.040, sea prórrogada para poder acogerse a los beneficios que la misma impone.

Que el espíritu que impulsó a suscribir convenio de pagos, llevaba como principal propósito darle a la ciudadanía la posibilidad de regularizar las deudas con la Municipalidad de Goya.

Que debido a la situacion economica que atraviesa en estos momentos el pais, muchos contribuyentes no pudieron todavia regularizar su situacion ante el municipio.

Que por tal motivo, todavia existen morosidad en el cumplimiento de los tributos municipales y de no prorrogarse la vigencia de la Ordenanza N° 2.040, muchos ciudadanos se verían privados de gozar de los beneficios de la mencionada norma, provocando una disminución en los niveles de recaudación que pueden llegar a ingresar al Municipio.

Por todo ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO 

O R D E N A:

  

ARTÍCULO 1°: PRORROGAR hasta el dia 19 de Julio de 2019 el  plazo para acogerse  al Régimen establecido en la Ordenanza Nº 2.040.

ARTÍCULO 2°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente  ARCHÍVESE.

 

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los tres días del mes de Julio de dos mil diecinueve.

 

Dr. Gerardo Luis Urquijo                                            Cr. Daniel Jacinto Avalos

       Secretario                                                                  Presidente 

 

 

n.r.

Copyright © 2008 - 2024 | Honorable Concejo Deliberante. Diseño: IN-CO-NE - Goya (Ctes.)