ORDENANZA Nº 1.565

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 21 de Octubre de 2011

 

V I S T O:

El Expediente Nº 1.827/11 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza “MODIFICANDO ARTICULO 2º DE LA ORDENANZA Nº 616 SOBRE ESTACIONAMIENTO MEDIDO”. Y; ;

 

 

                                    

C O N S I D E R A N D O:

                    

Que el sistema de estacionamiento medido en nuestro Municipio necesita una adecuación a su realidad y una agilización y flexibilidad, acorde a su naturaleza.

 

Que prueba de ello es que, pese a ser reglado en cuatro ordenanzas distintas, en los últimos años no se ha logrado la plena aplicación de las mismas.

 

Que dicho estacionamiento medido significa un mecanismo de Normalización del Tránsito y una fuente de ingresos para el Municipio.

 

Que el personal encargado del Estacionamiento Medido presento nota, en la que solicita la actualización del costo de la tarjeta de estacionamiento.

 

Que el personal antes mencionado manifiesta que el porcentaje que le corresponde por la recaudación de las mismas les resulta insuficiente para hacer frente a sus necesidades, debido a los constantes aumentos en alimentos, medicamentos, etc., generado por la inflación.

 

Que el último aumento de valor fue en el año 2006 (Ordenanza Nº 1.347), lo que denota un claro estancamiento en el valor del mismo.

 

Por todo ello.

 

 

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 

 

O R D E N A:

 

 

ARTÍCULO 1º: MODIFICASE el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 616, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 2º: MODIFICASE el artículo 65º del TÍTULO XVI del LIBRO III del Código Tributario, el que quedará redactado de la siguiente manera: “La Municipalidad de Goya se encargará de la impresión de tarjetas, conforme al modelo que determine el Departamento Ejecutivo Municipal, transcribiendo al dorso los artículos del presente Título. El costo de estacionamiento se regirá por la siguiente escala:

 

Por hora…………………………….. $ 2 (dos pesos)

 

 

ARTICULO 2º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

                                               

 

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diecinueve días del mes de Octubre de dos mil once.-

Dr. Gerardo Luis  Urquijo
           Secretario

Prof. Gerardo Horacio Bassi
Presidente             

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