ORDENANZA Nº 2.063

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 11 de octubre de 2.019

V I S T O:

El Expte. N° 2.897/19 del Honorable Concejo Deliberante  que contiene nota del Coordinador de Consejos Vecinales y ONGs sobre “Imposición del nombre Barrio “ÑANDEROGA”. Y; ;

 

C O N S I D E R A N D O:

Que la Comisión Vecinal “Barrio Ñanderoga” en fecha 29 de mayo de 2019 solicitó la imposición del nombre “Ñanderoga” a su barrio, acompañando documentación constitutiva que obra en el expediente referido.

Que en idéntico sentido se expresó el Coordinador de Consejos Vecinales y ONGs por nota de fecha 21 de junio de 2019 remitida al Honorable Concejo Deliberante, manifestando la inexistencia de superposición de denominaciones dentro de la jurisdicción de la Municipalidad de Goya.

Que de la reunión mantenida entre  la Comisión de Cultura, Deporte, Recreación y Turismo  y la Presidente de la Comisión barrial surge que  el significado de la palabra “ÑANDEROGA”-que individualizará al barrio- significa en guaraní “nuestra casa” o “nuestro hogar”.

Que dicho barrio se halla ubicado en el ejido sur-este de la ciudad e integrado por las Manzanas números 516, 520, 521, 522, 523, 524, 525, 526, 527, 528, 529 y 590 y delimitado por las Calles: Av. Intendente Municipal Luis María Díaz Colodrero hasta Brasil, por Brasil hasta Dr. José Rosenbaum, por Dr. José Rosenbaum hasta Chile, por Chile hasta Intendente Santiago Ballejos, por Int. Santiago Ballejos hasta Perú, por Perú hasta Arquitecto Francisco Pinaroli; por Arq. Francisco Pinaroli hasta Vicegobernador Francisco Sa; y por Vicegobernador Francisco Sa hasta Avenida Intendente Municipal Luis María Díaz Colodrero, cerrando el polígono.

Que dar nombre a un barrio se relaciona con el considerable crecimiento y desarrollo urbano y el necesario ordenamiento de las ciudades con límites exactos. Rescatando la coincidencia cultural de cada sector de la sociedad y con mayor relevancia si surge de las opiniones de organizaciones vecinales.

Que del exhaustivo análisis efectuado por la Comisión de todas las documentaciones incorporadas al expediente; surge que corresponde otorgar un dictamen favorable a la solicitud presentada.

 Por ello.

  LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A:

ARTICULO 1º: IMPONER el nombre de BARRIO ÑANDEROGA al comprendido por las Manzanas números 516: 520; 521; 522; 523; 524; 525; 526; 527; 528; 529 y 590, y delimitado por las Calles: Avenida Intendente Municipal Luis María Díaz Colodrero hasta Brasil, por Brasil hasta Doctor José Rosenbaum, por Doctor José Rosenbaum hasta Chile, por Chile hasta Intendente Santiago Ballejos, por Intendente Santiago Ballejos hasta Perú, por Perú hasta Arquitecto Francisco Pinaroli; por Arquitecto Francisco Pinaroli hasta Vicegobernador Francisco Sa; y por Vicegobernador Francisco Sa hasta Avenida Intendente Municipal Luis María Díaz Colodrero, cerrando el polígono.

 

 

ARTICULO 2ºENVIAR copia de la presente a la Subsecretaría de Planeamiento a efectos de su incorporación en el plano de la Municipalidad de Goya.

ARTÍCULO 3°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente  ARCHÍVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los nueve días del mes de Octubre de dos mil diecinueve.

 

Presidente: Cr. Daniel Jacinto Avalos

Secretario: Dr. Gerardo Luis Urquijo                 

                             

n.r.

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