PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 31 de Octubre de 2011
V I S T O:
El expediente Nº 1.824/11 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza "ADJUDICANDO EN VENTA TERRENO MUNICIPAL AL SR. GREGORIO CLEMENTINO QUIRÓZ". Y; ;
C O N S I D E R A N D O:
El expediente Nº 29-06-10.693/11 por el cual el señor GREGORIO CLEMENTINO QUIROZ, solicita la compra del terreno donde se halla viviendo con su grupo familiar.
Que el inmueble solicitado se halla inscripto a nombre de Municipalidad de Goya.
Que el solicitante se halla viviendo en el respectivo inmueble (Lote) desde hace varios años.
Que se halla comprendido dentro de las condiciones establecidas en la Ordenanza Municipal Nº 723/96.
Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada, no existe impedimento para lo solicitado.
Por ello y en virtud de las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:
ARTÍCULO 1º: ADJUDICAR en venta al señor GREGORIO CLEMENTINO QUIROZ, D.N.I. Nº 5.741.267, domiciliado en calle J. M. Estrada Nº 736 de esta ciudad, UNA FRACCION DE TERRENO UBICADA EN LA MANZANA Nº 36 INDIVIDUALIZADA COMO LOTE Nº 4 del Dup. Mensura Nº 4.555-“N”, sito en la intersección de las calles Mendoza y Puente Pexoa, constante s/Mensura de 11.00 m. de frente al Norte s/calle J. M. Estrada con igual contrafrente al Sur por un fondo al Este de 21,60 m., con igual contrafondo al Oeste; encerrando una Superficie de 237,38m2., dentro de los siguientes linderos s/Mensura: NORTE: Calle José Manuel Estrada; SUR: Fracción Nº 17; ESTE: fracción Nº 5 y OESTE: Fracción Nº 3, figura inscripto en mayor extensión a nombre de Municipalidad de Goya en Fº Real-Matrícula Nº 13.992 – Año 1995, en la Dirección General de Catastro de la Provincia bajo Adrema: I1-11.413-1 (no está desglosado, incluye casi toda la Fracción Sur de la Manzana Nº 63), en el Registro de Propiedad Municipal también en mayor extensión en el Tº 60 – Fº 25.405 – Año 1996, en Catastro Municipal bajo Nº de Orden: 19.987.-
ARTICULO 2º: EL PRECIO de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el Artículo 5º de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.-
ARTICULO 3º: LA MUNICIPALIDAD DE GOYA no responderá por evicción ni vicios redhibitorios.-
ARTICULO 4º: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL suscribirá el CONTRATO DE VENTA en la forma y condiciones establecidas en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo a los intereses Municipales.-
ARTICULO 5º: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL firmará la pertinente Escritura Traslativa de Dominio una vez abonado el total del precio establecido, conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Ordenanza Nº 723.-
ARTICULO 6º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiséis días del mes de Octubre de dos mil once.-
Dr. Gerardo Luis Urquijo
Secretario
Mabel S. Barrile de Martínez
Vice Presidente 1º
a/c Presidencia