ORDENANZA Nº 2.080

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 15 de mayo de 2.020

V I S T O:

El Expediente Nº 2.958/20 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “INCORPORACIÓN PRESUPUESTARIA DE ANTICIPO DE COPARTICIPACIÓN Y MAYORES RECURSOS PROPIOS”. Y; ;

 

C O N S I D E R A N D O:

Que es de público conocimiento el efecto inflacionario en la ejecución presupuestaria en particular en las partidas salariales.

Que la situación económica, financiera y administrativa del ejercicio 2019 obligó a solicitar un anticipo de coparticipación al gobierno provincial con destino a la recuperación de haberes del personal municipal y otros pasivos municipales.

Que por imperio de medidas de fiscales nacionales se produjeron ajustes en el régimen nacional de coparticipación federal de impuestos y al Fondo Federal Solidario.

Que todo ello obligó a tratar de mejorar las bases de la recaudación propia mediante múltiples acciones que se efectuaron durante el ejercicio 2019,  redundando en la recuperación de la recaudación propia municipal,  y considerando:

El artículo   98° inciso 12 de la Carta Orgánica Municipal,

El artículo 35°  de la Ley N ° 5571 de Administración financiera de aplicación por del artículo 145° de la Ley 6042 Orgánica  de las municipalidades, 

El artículo 70º y 76º de la Ley N ° 5571 de Administración financiera de aplicación por del artículo 145° de la Ley 6042 Orgánica  de las municipalidades.

Por ello. 

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A:

ARTICULO 1°: INCORPORAR los mayores recursos provenientes de los intereses cobrados por colocación temporaria a plazo fijo de fondos de libre disponibilidad por la suma de  PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL  SEISCIENTOS VEINTIUNO CON 32 CENTAVOS ($ 466.621,32) los que serán registrados en la partida presupuestaria de ingresos 1.0.00.1.01.02.08: “Intereses Bancarios”.

ARTICULO 2°: AUMENTAR LAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS DE IMPUTACIÓN destinadas al financiamiento de Instituciones de Enseñanza de la zona rural por la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO CON TREINTA Y DOS CENTAVOS ($465.321,32) los que serán registrados en la partida 2.1.01.1.04.02  “transferencias  a instituciones de enseñanza” y al financiamiento de Servicios de Ceremonial y protocolo por la suma de PESOS UN MIL TRESCIENTOS ($1.300)  los que serán registrados en la partida 2.1.01.1.3.19 “Servicios de Ceremonial y Protocolo”.

ARTÍCULO 3°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente  ARCHÍVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Mayo de dos mil veinte.

n.r.

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