PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 15 de mayo de 2.020
V I S T O:
El Expediente Nº 2.958/20 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “INCORPORACIÓN PRESUPUESTARIA DE ANTICIPO DE COPARTICIPACIÓN Y MAYORES RECURSOS PROPIOS”. Y; ;
C O N S I D E R A N D O:
Que es de público conocimiento el efecto inflacionario en la ejecución presupuestaria en particular en las partidas salariales.
Que la situación económica, financiera y administrativa del ejercicio 2019 obligó a solicitar un anticipo de coparticipación al gobierno provincial con destino a la recuperación de haberes del personal municipal y otros pasivos municipales.
Que por imperio de medidas de fiscales nacionales se produjeron ajustes en el régimen nacional de coparticipación federal de impuestos y al Fondo Federal Solidario.
Que todo ello obligó a tratar de mejorar las bases de la recaudación propia mediante múltiples acciones que se efectuaron durante el ejercicio 2019, redundando en la recuperación de la recaudación propia municipal, y considerando:
El artículo 98° inciso 12 de la Carta Orgánica Municipal,
El artículo 35° de la Ley N ° 5571 de Administración financiera de aplicación por del artículo 145° de la Ley 6042 Orgánica de las municipalidades,
El artículo 70º y 76º de la Ley N ° 5571 de Administración financiera de aplicación por del artículo 145° de la Ley 6042 Orgánica de las municipalidades.
Por ello.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:
ARTICULO 1°: INCORPORAR los mayores recursos provenientes de los intereses cobrados por colocación temporaria a plazo fijo de fondos de libre disponibilidad por la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO CON 32 CENTAVOS ($ 466.621,32) los que serán registrados en la partida presupuestaria de ingresos 1.0.00.1.01.02.08: “Intereses Bancarios”.
ARTICULO 2°: AUMENTAR LAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS DE IMPUTACIÓN destinadas al financiamiento de Instituciones de Enseñanza de la zona rural por la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO CON TREINTA Y DOS CENTAVOS ($465.321,32) los que serán registrados en la partida 2.1.01.1.04.02 “transferencias a instituciones de enseñanza” y al financiamiento de Servicios de Ceremonial y protocolo por la suma de PESOS UN MIL TRESCIENTOS ($1.300) los que serán registrados en la partida 2.1.01.1.3.19 “Servicios de Ceremonial y Protocolo”.
ARTÍCULO 3°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Mayo de dos mil veinte.
n.r.