ORDENANZA Nº 2.093

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 26 de junio de 2.020

“2020 – AÑO BELGRANIANO”

V  I  S  T  O:

El Expediente Nº 2.983/20 del Honorable Concejo Deliberante  que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “Parque Tecnológico Goya”, Aceptación de donación inmueble con Cargo”. Y;;;;;;;;;;

 

C O N S I D E R A N D O:

La sanción en la Provincia de Corrientes de la Ley N° 6.513 con fecha de 01 de octubre de 2019.

 

                        Que la Provincia de Corriente, a través de  Ley 6.513, DONA CON CARGO el inmueble ubicado en el ejido de la Primera Sección de la localidad, identificado en plano Mensura N° 4.802-N, como lote DOS (2), constante de las siguientes medidas: Trescientos treinta y un metros diecisiete centímetros (331,17 mts.) de frente sobre avenida Ciudad de Neustadt, por trescientos treinta metros treinta centímetros (330,30 mts.) de contra frente, por ciento dos metros cincuenta y dos centímetros (102,52 mts.) de fondo y ciento veintiséis metros cincuenta y ocho centímetros (126,58 mts.) de contra fondo, con una superficie total de: tres hectáreas, setenta y ocho áreas, treinta y seis centiáreas, (3 Has.78 as. 36 ca.), lindando al norte: avenida Neustadt, al sur: Municipalidad de Goya (Matadero Municipal), al Este: Lote 3 y al Oeste: Lote I. Inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia, Folio Real Matricula 19.470 departamento de Goya y en la Dirección General de Catastro Inscrito bajo Adrema 11-6160-2. Conforme a la Minuta de Dominio de la Escribana Mayor de Gobierno de fecha 24 de agosto de 2015, otorgada por la Escribanía Mayor de Gobierno María Cristina V. de Lotero, el Inmueble es propiedad de la Provincia de Corrientes.-

                        Que el artículo 78 inc. 16 de nuestra Carta Magna Orgánica Municipal establece que es competencia del H.C.D. autorizar al D.E.M. a efectuar adquisiciones y aceptar o repudiar donaciones o legados con cargo.-

 

                         Que la donación se establece con cargo de llevarse a cabo la conformación del “PARQUE TECNOLOGICO GOYA”, el cual se destinará para usos vinculados con el mismo, incluyendo la radicación de los actores empresariales, académicos, científicos y gubernamentales vinculados al Clúster Sectorial TIC, así como también para la radicación o construcción de espacios, instalaciones, empresas o servicios interpretados de la más amplia manera, y que tenga por destino actividades relacionadas con dicho parque, directa o indirectamente, incluyendo la colaboración con necesidades del parque adyacente.-

 

                        Que la Sociedad Correntina vivió un intenso proceso participativo para la elaboración de un plan estratégico (PEP 2021) que culmino con la redacción del “Pacto Correntino para el crecimiento Económico y Desarrollo Social”.

Entre sus principales lineamientos, el Pacto Correntino estableció la necesidad de dotar de condiciones competitivas  las regiones, impulsando la economía del conocimiento y declarando a dichas actividades como estratégicas, impulso además el desarrollo de “PARQUES TECNOLÓGICOS PARA LA RADICACIÓN DE EMPRESA BASE TECNOLOGICA”. En este contexto, integración del Gobierno, el sector Educativo y el sector Productivo, aparece como una herramienta esencial para promover la “creación radicación y consolidación de empresa de base tecnológica en el territorio”.

 

                        Que en ese convencimiento y en cumplimiento de referido mandato social, es que el Gobierno de la Provincia de Corrientes “DONA CON CARGO” a la Municipalidad de G Goya dicho Inmueble para la conformación del “Parque Tecnológico Goya” con la finalidad de incrementar la riqueza de la comunidad con la promoción de la cultura y la innovación, así como también de la competitividad de sus empresas e instituciones.

 

                        Que dicho Inmueble se FRACCIONARA Y LOTEARA, para conformar espacios comunes, o para su donación y/o ventas a empresas privadas, instituciones académicas, científicas y gubernamentales vinculados con la economía del conocimiento.

 

                         Por todo ello;;; 

LA MUNICIPALIDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O  R  D  E  N  A:

ARTÍCULO 1º: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la “Donación con cargo” de llevarse a cabo la conformación del “PARQUE TECNOLOGICO GOYA”; realizada por la Provincia de Corrientes a favor de la Municipalidad de Goya,; referida al inmueble propiedad de la Provincia que se encuentra identificado en plano de mensura N° 4.802”N”, Lote DOS (2), constante de una superficie total: TRES HECTAREAS, SETENTA Y OCHO AREAS, TREINTA Y SEIS CENTIAREAS (3 has. 78 as. 36cas.), bajo Adrema I1-6160-2., siempre que las condiciones de dominio del inmueble y titularidad lo permitan.-

ARTÍCULO 2º EL Departamento Ejecutivo Municipal deberá dar cumplimiento al cargo establecido en el artículo segundo de la Ley 6.513 con los criterios establecidos en los artículos 4, 5, y 6 de dicha Ley.-

ARTÍCULO 3º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticuatro días del mes de junio de dos mil veinte.

Copyright © 2008 - 2024 | Honorable Concejo Deliberante. Diseño: IN-CO-NE - Goya (Ctes.)