ORDENANZA N°2.095

 

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 26 de junio de 2.020

“2020 – AÑO BELGRANIANO”

VISTO:

La situación mundial de Pandemia y la necesidad de fortalecer todos los protocolos de funcionamiento de medidas sanitarias y de bioseguridad en nuestra ciudad; y….

CONSIDERANDO:

Que es necesario que la Municipalidad de Goya implemente iniciativas para acompañar a disímiles rubros comerciales que abrieron sus puertas en esta etapa de distanciamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia del coronavirus como consecuencia de medidas de flexibilización adoptadas.

Que una de las iniciativas debe versar en la implementación de capacitaciones virtuales y gratuitas a los comercios locales que traten sobre el cuidado e implementaciones de las medidas de bioseguridad frente al Covid19.

Que es necesaria la formación de un equipo interdisciplinario y especializado que instruya acerca de protocolos de funcionamiento y medidas higiénicos-sanitarias, con el objetivo de mantener cuidados y seguros a todos los vecinos de nuestra ciudad.

Que estas medidas permitirán que los propietarios, personal dependiente y los que integren la actividad comercial conozcan las dimensiones de prevención y bioseguridad que deben llevar adelante, protegiéndose ellos y cada vecino que concurre a los mismos. Traduciéndose ese accionar en un lazo de solidaridad en materia de prevención entre  comercio-cliente que beneficia a la sociedad toda.

Que la capacitación se realizará en forma virtual a través de la plataforma digital de la página municipal a cargo de la Dirección de Prensa, con una duración que no superará los treinta minutos.

Que, si bien cada propietario de comercio debe asumir voluntariamente su compromiso en la práctica de la capacitación, se implementará una inscripción otorgándoseles a los participantes un certificado expedido por la Municipalidad en el cual constará que su local comercial es un espacio seguro para la actividad que ejerce o desarrolla.

Que la Dirección de Prensa habilitará una línea de inscripción a efectos del contralor de comercios adheridos a la realización de la capacitación o charla instructiva de medidas de bioseguridad y toda otra cuestión que refiera a Covid-19 que fuere de importancia para el espacio donde se desarrollen actividades comerciales.

Que además de la entrega del certificado a quienes se capaciten se otorgará una insignia o cartel identificatorio para ser exhibido en cada comercio de manera tal que cada vecino o consumidor sabrá que dicho comercio ilustró a su personal, dando en consecuencia un servicio seguro a la ciudadanía que concurre al mismo.

Que, si bien las capacitaciones revisten el carácter de voluntarias y gratuitas, se incentivará por medios de prensa municipal y privados la necesidad de su realización, demostrando así los comerciantes su interés en el cuidado común, contribuyendo desde su actividad a un ecosistema positivo de prevención del coronavirus.

 

Que considerando que en nuestra ciudad es el Hospital Regional Goya Profesor Dr. Camilo Muniagurria quien articula todas medidas de bioseguridad y centraliza patologías de Covid, será en consecuencia dicha Institución de Salud quien estará a cargo del dictado de las capacitaciones virtuales a través de la página digital de la Municipalidad de Goya, determinando el equipo de profesionales afectados a la explicación e instrucción de aplicación del protocolo y toda otra medida o acción que considere relevante como prevención del Covid-19.

Por todo ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE GOYA

ORDENA

ARTICULO 1°: IMPLEMENTAR capacitaciones de protocolos de funcionamientos de bioseguridad y medidas sanitarias de prevención frente al Covid-19  a comercios- sin distinción de rubros- que ejerzan su actividad en el  Municipio de Goya.

 ARTICULO 2°: DETERMINAR que las capacitaciones virtuales estarán a cargo del Hospital Regional Goya Profesor Dr. Camilo Muniagurria, siendo su Director el facultado a designar los profesionales competentes que prestarán aquellas, fijando la realización de hasta dos capacitaciones por semana con una duración máxima de veinte minutos, las que se ejecutarán durante todo el tiempo que subsista la situación pandémica.

ARTICULO 3°: EL Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Dirección de Prensa HABILITARA un espacio en el Canal de YouTube de la Municipalidad para publicitar y fomentar las capacitaciones virtuales, su inscripción, el dictado y control de seguimiento de las mismas.

ARTICULO 4°:   EL Departamento Ejecutivo Municipal otorgará certificados a los comercios que se inscriban y capaciten en los protocolos de prevención y entregará una oblea que identifique al comercio que cumplimentó con las capacitaciones del Programa Espacio Seguro.

ARTICULO 5°: EL Departamento Ejecutivo Municipal celebrará los convenios necesarios con el Hospital Regional Profesor Dr. Camilo Muniagurria,

ARTICULO 6°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diecisiete días del mes de junio de dos mil veinte.

 

 

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