ORDENANZA Nº 1.579

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 25 de Noviembre de 2011

 

V I S T O:

El expediente. Nº 1.807 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza "ADJUDICANDO EN VENTA TERRENO MUNICIPAL A LA SEÑORA ALEJANDRA NOEMÌ MARTÍNEZ". Y; ;

                                   

C O N S I D E R A N D O:

                    

 

El Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal con el expediente Nº 02-03-2649/10, por el cual la señora Alejandra Noemí Martínez solicita la compra del terreno donde se halla viviendo junto a su esposo y su grupo familiar.

 

Que el inmueble solicitado está inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.

 

Que la solicitante se halla viviendo en el dicho inmueble (lote) desde hace varios años.

 

Que se halla comprendido dentro  de las condiciones establecidas  en la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

 

Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada, no existe impedimento para lo solicitado.

 

Por todo ello y según lo establecido por la Carta Orgánica Municipal.

 

 

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 

 

O R D E N A:

 

 

 

ARTÍCULO 1º: ADJUDICAR en venta a la señora ALEJANDRA NOEMÍ MARTÍNEZ D.N.I. Nº 27.714.534, domiciliada en calle Brasil Nº 1.465 de esta ciudad; UNA FRACCION DE TERRENO UBICADA EN LA MANZANA Nº 148 INDIVIDUALIZADA COMO LOTE Nº 2g de la Mensura Nº 6.867-“N“, con una Superficie total de 291,12 m2, figura inscripta en mayor extensión en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia a nombre de la Municipalidad de Goya, en Fº Real-Mat. Nº 6995 – Año 1993, en la Dirección General de Catastro de la Provincia bajo Adrema I1-27.611-1, en el Registro de Propiedad Municipal en el Tº 47 - Fº 19.320 año 1995, en Catastro Municipal bajo Nº de Orden: 19.808 (recién dado de alta).-

ARTICULO 2º: EL PRECIO de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el Artículo 5º de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.-

ARTICULO 3º: LA MUNICIPALIDAD DE GOYA no responderá por evicción ni vicios redhibitorios.-

ARTICULO 4º: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL suscribirá el CONTRATO DE VENTA en la forma y condiciones establecidas en la Ordenanza Nº 723, como así también agregar todo lo que sea en resguardo a los intereses Municipales.-

ARTICULO 5º: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL firmará la pertinente Escritura Traslativa de Dominio una vez abonado el total del precio establecido.-

ARTICULO 6º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-                                               

 

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciséis días del mes de Noviembre de dos mil once.-

 

Dr. Gerardo Luis  Urquijo
         Secretario

Mabel S. Barrile de Martínez
Vice Presidente 1º        
a/c Presidencia           

 

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