ORDENANZA Nº 2.125

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 02 de diciembre de 2.020

“2020 – AÑO BELGRANIANO”

 

V I S T O:

La sanción de la Ley Nacional Nº 27.592, conocida como Ley Yolanda. Y ; ;

 

C O N S I D E R A N D O:

Que la Ley Yolanda, prevé la capacitación obligatoria en ambiente, con perspectiva de desarrollo sostenible y con especial énfasis en cambio climático, para las personas que se desempeñen en la función pública, en todos los niveles y jerarquías de los tres poderes del estado nacional.

Que a su vez, la misma Ley invita a las provincias a adherir a su texto, disponiendo esta misma formación integral en los funcionarios y trabajadores de los tres poderes de cada estado provincial. Y, que, consideramos, esta misma lógica debería aplicarse a los estados municipales, y es por ello que proponemos que nuestro municipio adhiera a la Ley Nº 27.592, disponiendo, por tanto, que todas y cada una de las personas que se desempeñan en los tres poderes del estado a nivel municipal, deban recibir esta capacitación integral en la cuestión ambiental y perspectivas de desarrollo sostenible.

Que la Ley Yolanda lleva el nombre de la tucumana Yolanda Ortiz, Doctora en Química que liderara la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano, creada en los años ’70 por Juan Domingo Perón, destacándose también por ser la primera mujer en ejercer un cargo de semejante investidura en América Latina. Yolanda Ortiz fue pionera en plasmar el paradigma de complejidad e integralidad del ambiente, siguiendo activamente estos temas hasta sus 87 años de edad, presidiendo la Organización no Gubernamental “Centro Ambiental Argentino - CAMBIAR” y siendo asesora ad honorem en la Secretaría Nacional de Ambiente y Desarrollo Sustentable y del Consejo Federal de Medio Ambiente. En su homenaje, el espíritu de esta ley se basa en brindar herramientas conceptuales y competencias para la construcción de un paradigma de desarrollo ecosistémico para la transformación de los actuales patrones de producción y consumo.

Que en este contexto, la Ley Yolanda se propuso por objetivo capacitar a quienes integran los diferentes organismos del Estado; con el fin de llevar la educación ambiental a todos los funcionarios públicos en favor de la integración y de las medidas que se consideren necesarias para hacer posible la transversalidad del medio ambiente en las políticas públicas a través de la sensibilización, motivación, información y capacitación, incorporando en sus políticas y metas la sustentabilidad en su accionar diario.

Que la educación ambiental en funcionarios y trabajadores estatales resulta completamente necesaria para poner el foco en una gestión racional de los recursos y construir permanentemente actitudes que redunden en beneficio de la naturaleza; incorporando estos valores como horizonte de nuestra sociedad, ecológicamente equilibrada y sostenible.

Que contando este municipio de Goya con una Dirección de Recursos Naturales y Ambiente, conformada por profesionales adecuadamente capacitados e idóneos para brindar las capacitaciones que se proponen, consideramos que el Departamento Ejecutivo Municipal se encuentra en condiciones de arbitrar los medios necesarios para que se produzcan estas capacitaciones destinadas a las distintas áreas del estado municipal. 

Que es facultad del Honorable Concejo Deliberante la aprobación del presente proyecto.

Por todo ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A:

 

ARTÍCULO 1º: ADHERIR a la Ley Nacional Nº 27.592, “LEY YOLANDA”, de capacitación obligatoria en ambiente, con perspectiva de desarrollo sostenible y con especial énfasis en cambio climático, para todas las personas que integran los tres poderes del estado, en el Municipio de Goya.

ARTÍCULO 2°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente  ARCHÍVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de noviembre de dos mil veinte.

 

n.r.

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