ORDENANZA Nº 2.122

 

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 24 de noviembre de 2.020

 

 

“2020 – AÑO BELGRANIANO”

 

V I S T O:

El Expediente Nº 3.027/20 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza “HABILITANDO HORARIO RESTRINGIDO  DE CARGA Y DESCARGA EN RADIO CENTRICO Y AVENIDAS DE LA CIUDAD DE GOYA y las Ordenanzas N° 1.359 y 1.398 que modifican a las Ordenanzas 63/77, 428/90 y 444/90 y  las disposiciones de la Carga Orgánica Municipal”. Y ; ;

 

C O N S I D E R A N D O:

Que desde la sanción de las normativas referidas al tránsito  y sus modificatorias, la ciudad de Goya, ha crecido exponencialmente y surge de ello la necesidad de  readecuar la normativa respectiva.

Que la sobrepoblación de vehículos de pequeño, mediano y gran porte que circulan por la ciudad en horarios picos es numerosa y  se ve agudizada la problemática en las diversas avenidas de la ciudad.

Que sumado a esto, la ciudad de Goya, no cuenta con una planta de transferencias de Cargas que aliviaría gran parte del problema circulación de vehículos pesados  y la provisión de mercaderías por parte de los comerciantes.

Que la alta circulación de vehículos de gran porte en la ciudad debe reorganizarse y para ello nos  obliga a establecer horarios especiales y adecuados que hagan posible evitar los mayores riesgos que generan la circulación, carga y descarga en avenidas de la ciudad.

Que si bien existe reglamentación y ordenamiento del tránsito en un espacio geográfico de la ciudad denominado radio céntrico,  establecida por ordenanzas N° 63/77 y modificadas por Ordenanzas 1.359 y 1.398, la expansión demográfica y comercial de la ciudad nos convoca a legislar en el marco de la necesidad de evitar mayores inconvenientes en el tránsito y sus consecuencias siniéstrales que a diario las avenidas nos demuestran.

Que la problemática del tránsito vehicular merece que  este organismo, con  competencia legislativa; instrumente normas a fin de reorganizar el tránsito en el municipio de Goya.

Por todo ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A:

  

ARTÍCULO 1º: MODIFICASE el inciso a) del Artículo 136°, de la Ordenanza N° 63/77, del Reglamento General de Transito, el que quedará redactado de la siguiente manera: “a) Se restringe el horario de carga y descarga en el radio céntrico y avenidas de la ciudad, los días hábiles de 21,00 a 07,00 horas y de 14,00 a 16,00 horas. Fuera de estos horarios queda prohibida la carga y descarga de mercaderías, así como la circulación y estacionamiento de camiones y vehículos de gran porte en todas las avenidas  de la ciudad y el radio establecido precedentemente.

A los efectos de lo establecido en este inciso, se considera radio céntrico  la zona delimitada por las calles Avenida Sarmiento, Avenida José Jacinto Rolón, Avenida Madariaga y Riacho Goya/Avenida Ca Guazú.

ARTÍCULO 2°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente  ARCHÍVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciocho días del mes de noviembre de dos mil veinte.

n.r.

 

Copyright © 2008 - 2024 | Honorable Concejo Deliberante. Diseño: IN-CO-NE - Goya (Ctes.)