ORDENANZA Nº 2.181

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 18 DE JULIO DE 2022

“2022 - 40  AÑOS DEL VETERANO Y DE LOS CAÍDOS EN LA GUERRA DE MALVINAS”

 

V  I  S  T  O: 

El Expediente Nº 3.225/22 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza "AUTORIZANDO ESCRITURA TRASLATIVA DE DOMINIO AL OBISPADO DE GOYA". Y;;;

 

CONSIDERANDO

La Nota Nº: 12 del Honorable Concejo Deliberante, mediante la cual se adjunta el Expte. Nº: 3162/21.

Que el Expte. de referencia contiene el procedimiento desplegado a fin desafectar del dominio público municipal y afectarlo al dominio privado del municipio, del inmueble individualizado por Mensura 12003-N.

Que dicho procedimiento fue realizado a fin de formalizar la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble descripto a favor del Obispado de Goya, en cumplimiento del cargo de donación que efectuara en su momento el Instituto de Vivienda de Corrientes, según se desprende de la Resolución Nº: 250 del 15/4/83 del Expte. Nº: 13/I/83, donde el IN.VI.CO. donó con cargo a esta Municipalidad de Goya las superficies destinadas a calles y espacios verdes del Complejo Habitacional “238 Viviendas – Goya”.

Que dicha donación lo fué con el cargo de destinar el espacio cedido, para calles públicas de tránsito vehicular, y la Reserva II, para parque, a excepción de una fracción situada al norte de la Reserva, que será destinada al Obispado de Goya, para la construcción de un Templo bajo la advocación de la “Sagrada Familia”.

Que en función de dicho cargo, la entidad beneficiaria, adjunta la documentación en su momento solicitada y requiere la culminación de trámite administrativo correspondiente, con el objeto de obtener e inscribir definitivamente a su nombre el inmueble destinado a la construcción del templo que dá cuenta el cargo de donación.

Que culminado el trámite de desafectación pública y afectación al dominio privado del espacio a ceder, el estado municipal se encuentra en condiciones de otorgar la Escritura traslativa del inmueble. 

Que la Carta Orgánica Municipal, dentro de las atribuciones y deberes del Concejo Deliberante, dispone que corresponde a éste: …16) Autorizar al Departamento Ejecutivo a efectuar adquisiciones y aceptar o repudiar donaciones o legados con cargo. 17) Autorizar la enajenación de bienes privados de la municipalidad o constitución de gravámenes sobre ellos. 

Así las cosas, corresponde autorizar al D.E.M., para que, en nombre y representación de la Municipalidad de Goya, proceda a firmar la Escritura Traslativa de Dominio que, una vez inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble, servirá de Título de Propiedad del Obispado de Goya

Por todo ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R  D  E  N  A:

 

ARTÍCULO 1º: AUTORIZAR al Señor Intendente Municipal, conjuntamente con el Secretario de Gobierno a firmar la correspondiente Escritura Pública Traslativa de Dominio del inmueble individualizado por Mensura 12003-N, a favor del Obispado de Goya, cumpliendo de esta manera el cargo estipulado en la donación efectuada por Ordenanza Nº: 12/83.

ARTÍCULO 2º: OTORGADA que fuere la Escritura Traslativa, el Obispado de la Ciudad de Goya deberá inscribirla en el Registro de la Propiedad Inmueble, y a posteriori en la Dirección General de Catastro y en la Municipalidad de Goya.

ARTÍCULO 3: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de julio de dos mil veintidós.

n.r.

 

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