PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 09 DE SEPTIEMBRE DE 2022
“2022 - 40 AÑOS DEL VETERANO Y DE LOS CAÍDOS EN LA GUERRA DE MALVINAS”
V I S T O:
El Expediente Nº 3.230/22 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza ”CREANDO DEL PROGRAMA “LA LACTANCIA MATERNA ES MAS QUE UN ALIMENTO” EN EL MUNICIPIO DE GOYA". Y;;;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con un espacio de concientización y promoción, sobre la importancia de la Lactancia Materna y sus beneficios.
Que el art. 29 de la Carta Orgánica Municipal prevé, que la Municipalidad elaborará planes integrales y permanentes de asistencia social; entre otras, a la maternidad.
Que la Ley Nacional nº 26.873, sancionada en el año 2013, tiene por objeto la promoción y concientización acerca de la importancia de la lactancia materna y de las practicas óptimas de nutrición segura para lactantes y niños de hasta 2 (dos) años.
Que durante el mes de agosto se conmemora mundialmente “La semana de la Lactancia Materna”, destinada a sensibilizar y concientizar a la población sobre los beneficios que la lactancia conlleva.
Que la Organización Mundial de la Salud, la recomienda -como modo exclusivo la alimentación durante los primeros seis meses de vida; y sugiere seguir con la misma hasta los dos años (como mínimo), complementada con alimentos adecuados para el niño/a.
Que el Estado debe generar políticas públicas en promoción y defensa de la salud de todos los habitantes.
Por todo ello.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:
ARTÍCULO 1º: Establecer de carácter permanente la realización de la “Semana de la Lactancia Materna” del 01 al 07 de agosto en la ciudad de Goya.
ARTÍCULO 2º: Crear el Programa “La Lactancia Materna es más que un alimento” dependiente de la Municipalidad de Goya.
ARTÍCULO 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal organizará distintas actividades de difusión y concientización durante dicha semana, y convocará a los ciudadanos a participar de la misma.
ARTÍCULO 4: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los siete días del mes de septiembre de dos mil veintidós.
n.r.