ORDENANZA Nº 2.189

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 09 DE SEPTIEMBRE DE 2022

“2022 - 40  AÑOS DEL VETERANO Y DE LOS CAÍDOS EN LA GUERRA DE MALVINAS”

 

 

V  I  S  T  O: 

El Expediente Nº 3.230/22 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza ”CREANDO DEL PROGRAMA “LA LACTANCIA MATERNA ES MAS QUE UN ALIMENTO” EN EL MUNICIPIO DE GOYA". Y;;;

 

CONSIDERANDO: 

La necesidad de contar con un espacio de concientización y promoción, sobre la importancia de la Lactancia Materna y sus beneficios.

Que el art. 29 de la Carta Orgánica Municipal prevé, que la Municipalidad elaborará planes integrales y permanentes de asistencia social; entre otras, a la maternidad.

Que la Ley Nacional nº 26.873, sancionada en el año 2013, tiene por objeto la promoción y concientización acerca de la importancia de la lactancia materna y de las practicas óptimas de nutrición segura para lactantes y niños de hasta 2 (dos) años.

 Que durante el mes de agosto se conmemora mundialmente “La semana de la Lactancia Materna”, destinada a sensibilizar y concientizar a la población sobre los beneficios que la lactancia conlleva.

Que la Organización Mundial de la Salud, la recomienda -como modo exclusivo la alimentación durante los primeros seis meses de vida; y sugiere seguir con la misma hasta los dos años (como mínimo), complementada con alimentos adecuados para el niño/a.

Que el Estado debe generar políticas públicas en promoción y defensa de la salud de todos los habitantes.  

Por todo ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R  D  E  N  A:

 

ARTÍCULO 1º: Establecer de carácter permanente la realización de la “Semana de la Lactancia Materna” del 01 al 07 de agosto en la ciudad de Goya.

ARTÍCULO 2º: Crear el Programa “La Lactancia Materna es más que un alimento” dependiente de la Municipalidad de Goya.

 

ARTÍCULO 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal organizará distintas actividades de difusión y concientización durante dicha semana, y convocará a los ciudadanos a participar de la misma.

ARTÍCULO 4: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los siete días del mes de septiembre de dos mil veintidós.

 

 

 

n.r.

 

 

 

 

Copyright © 2008 - 2024 | Honorable Concejo Deliberante. Diseño: IN-CO-NE - Goya (Ctes.)