V I S T O:
El Expte. Nº 1.622/09 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza ”Autorizando al Departamento Ejecutivo Municipal “DONACION TERRENO MUNICIPAL A LA CONGREGACIÓN CRISTIANA DE GOYA"; remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal. Y; ; ; ; ;
C O N S I D E R A N D O:
El Expediente Nº 4189 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 1 de abril de 2009, en cuya foja 1 los Sres. Juán José Churruarín y Daniel Alberto Rodríguez, en carácter Presidente y Secretario del Consejo Directivo de la Asociación Civil denominada “CONGREGACIÓN CRISTIANA DE GOYA”, solicitan la donación del inmueble ubicado en la Manzana Nº 107 del Plano de la ciudad de Goya, en calle Piragine Niveyro Nº 343 en cuya posesión se encuentran en forma pública, pacífica, ininterrumpida y a título de dueño.
Que fundamenta la solicitud a fin de regularizar la situación del mismo circunstancia no lograda hasta la fecha.
Que la señora Margarita E. Canteros de Romero, poseedora del terreno, presentó en el año 1.978 la solicitud de compra sin contestación al respecto.
Que el 22/10/1987, la señora mencionada cedió los derechos posesorios que ejercía sobre el terreno, a favor de la Congregación Cristiana de Goya.
Que en fecha 02/03/1988 la entidad, solicitó a la Municipalidad la transferencia y/o venta del terreno a favor de la Congregación, la que no fue autorizada por no existir ley vigente sobre la venta de terrenos Municipales, solicitando asimismo la liquidación de impuestos y tasas adeudadas respondiente ésta por Nota Nº 595 que no era posible por no existir mensura que delimitara el bien.
Que la entidad hizo confeccionar la Mensura para prescripción adquisitiva , la que fue aprobada por la Dirección General de Catastro y Cartografía como Duplicado Nº 4853-“N” el 07/05/1997, asimismo se realizó el trámite correspondiente para obtener la adjudicación del Adrema: I1-24032-1, habiéndose abonado el impuesto Inmobiliario desde esa fecha hasta el año 2006 inclusive.
Que a fs. 10 la señora Margarita Hermelinda Canteros de Romero cedió y vendió a favor de la Congregación sus derechos de posesión y compra del inmueble suscripto entre las partes el 22 de octubre de 1987.
Que en dicho inmueble funciona desde el año 1987 un centro de ayuda a la mujer soltera, sirviendo desde entonces a muchas de ellas y a sus hijos de vivienda familiar.
Que dicho pedido tiene la finalidad de regularizar la situación dominial solicitando la donación, evitando con ello la tramitación de un eventual juicio de Usucapión.
Que Asesoría Letrada Municipal emite opinión de que es el Honorable Concejo Deliberante quien debe autorizar la donación ya que no existe norma municipal alguna que autorice al señor Intendente a donar bienes municipales.
Por todo ello.
“POR UN PUEBLO QUE CON DIGNIDAD, CAMINA AL BICENTENARIO”
Corresponde Ordenanza Nº 1.469
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:
ARTICULO 1º: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a DONAR a la CONGREGACIÓN CRISTIANA DE GOYA, un inmueble ubicado en la Manzana Nº 107 individualizado como Fracción “B” del Plano de la ciudad de Goya constante de una superficie de 296,96 mts2., teniendo 10,85 mts. en su lindero Norte sobre calle Piragine Niveyro; 29,95 mts. en su lado Este sobre terreno perteneciente a Lorenzo David Meneguini; 9,11 mts. en su lindero Sur lindando con terreno de propiedad Municipal; 29,58 mts. en su lado Oeste lindando con terreno propiedad de Efer Luján Urdapilleta; Adrema: I1-24032-1 del Duplicado de Mensura Nº 4853-“N”.-
ARTICULO 2º: TODOS los gastos que irroge la escrituración del bien donado, será a cargo de la Congregación Cristiana de Goya.-
ARTÍCULO 3º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-
Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los doce días del mes de Agosto de dos mil nueve.-