ORDENANZA Nº 1.622

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 19/06/2012


V I S T O:
La inquietud planteada por la vecina Patricia Pezzelato,  quien  en Nota  dirigida al Sr. Presidente del Honorable Concejo Deliberante de Goya en fecha 2 de marzo de 2.012 expresa la preocupación de los vecinos del Barrio Costanera, y las diversas gestiones realizadas sin éxito ante autoridades municipales ,  tendientes a que se combata  la sobrepoblación de palomas  que a más de los perjuicios edilicios son capaces de transmitir enfermedades a los seres humanos, agregando copia de las notas y de la campaña de firmas que se adjunto a las mismas;  la reunión  convocada por la Comisión de Producción, Medio Ambiente y Recursos Naturales de este Honorable Concejo  donde fue convocado y participó el Dr Dario Antonio Zalabardo del Departamento de Bromatología e Higiene de la Municipalidad de Goya, y el Coordinador de Consejos Vecinales Señor Damian Mendoza, y donde  los vecinos plantearos los perjuicios que sufren en sus viviendas e instalaciones  causadas por  la gran cantidad de palomas instaladas en el vecindario;  a causa de sus deposiciones, plumones etc; y la preocupación que los embarga  respecto a las enfermedades que las mismas puedan transmitirles. Y; ;


C O N S I D E R A N D O:

Que los animales silvestres y en particular las aves, no sometidas a cautiverio ni adiestradas para fines específicos, deben,  naturalmente nacer, crecer y reproducirse en el medio natural.
Que su instalación en aéreas urbanas se debe esencialmente a las abundancia de alimento de fácil acceso, a partir de la producción de desechos por el ser humano o el hábito de suministrárselo como expresión de bondad y amor a los animales; también a los lugares protegidos  que  encuentran en las estructuras edilicias  para instalar sus nidos; situaciones estas, que dan por resultado  una progresión excesiva de su tasa de crecimiento poblacional.
Que las palomas como otras aves, y en general los animales, pueden o no, ser portadores de enfermedades y es preciso determinar esta circunstancia realizando los análisis que sean necesarios para aventar preocupaciones o tomar medidas concretas a su respecto. A la hora de que se haya transmitido al ser humano  son de difícil detección en nuestro  medio. A partir de sus excrementos, saliva y plumones  pueden producir enfermedades  como  Psitacosis, Criptocosis, Alergias, etcétera, cuya detección  precoz es necesario realizar, a la par que la implementación de medidas preventivas para evitar su reproducción descontrolada.
Que no son menores los perjuicios edilicios y estéticos que estos animales producen en los edificios con sus deyecciones, más notoriamente cuando desarrollan el hábito de construir en ellos sus dormideros y nidales; concretándose un daño económico  para quienes han realizado el esfuerzo de construir y mantenerlos en condiciones adecuadas.
Por todo ello y lo determinado en el  Titulo IV- Políticas Especiales,  Capitulo I- Principios Generales; Capitulo  II : Salud y Asistencia Social , donde se determina que corresponde a la Municipalidad de Goya  el control, promoción y protección de la salud, garantizando a sus habitantes el goce de las mejores condiciones de prevención y asistencia; para lo que realizará  convenios, acuerdos, gestiones para lograr su participación en la elaboración, ejecución y control de los planes y programas , etc. Dispuesto en el  Artículo 29, siguientes y concordantes , y las facultades conferidas a este Honorable Concejo Deliberante  en el Artículo 78 inciso  30 de la Carta Orgánica Municipal de Goya.

 


LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A:

 

ARTÍCULO 1º: Implementar el “Programa de Control  de Palomas” en  el área urbana del Municipio de  Goya a cuyo efecto se realizarán controles periódicos sobre la población existente, determinación de los lugares de asentamiento, y  controles bromatológicos  cada seis  meses para detectar si son o no portadoras de enfermedades y acciones para el control de su procreación.-

ARTICULO 2º: Solicitar a la Secretaría de la Producción, Empleo y Desarrollo Productivo – Dirección de Producción Primaria y Coordinación de Políticas Ambientales  y a la Secretaría de Desarrollo Humano, Areas de Salud Pública y Bromatología e Higiene; todas de la Municipalidad de Goya  el dictado de charlas por profesionales con conocimientos y campañas relativas al tema, y a la Coordinación de Concejos Vecinales para la convocatoria  y  concurrencia de  los Consejos Vecinales preocupados o afectados por esta temática.-
///Corresponde a la Ordenanza Nº 1.622

 

 

ARTICULO 3º: Arbitre el Departamento Ejecutivo Municipal  los medios para realizar el control de la  reproducción de palomas en el área urbana, afectándose a tal fin la partida de Gastos de la Secretaría de Desarrollo Humano de Goya, Dirección de Bromatología e Higiene.-

 

ARTICULO 4º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Junio de dos mil doce.-


Dr. Gerardo Luis  Urquijo
Secretario

        

Prof. Gerardo Horacio Bassi
presidente
 

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