Goya (Ctes), 6 de septiembre de 2006
V I S T O:
El expediente N° 1.363/06 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “RECOPILACION, ACTUALIZACION Y CODIFICACION DE NORMAS DE TRANSITO. Y; ; ; ;
C O N S I D E RA N D O:
Los problemas de tránsito y el ordenamiento vehicular en la ciudad de Goya, y el artículo N° 58, inciso 38 de la Carta Orgánica Municipal.
Que el caos vehicular de todo tipo (automóviles, motocicletas, etc.), que hoy por hoy presenta nuestra ciudad.
Que existen muchas normas muy dispersas de regular el tránsito, muchas de ellas muy viejas y superadas por la realidad.
Que la ciudad de Goya es tristemente célebre por la cantidad de accidentes de tránsito, muchos de ellos, fatales.
Que se hace indispensable volcar, en un solo plexo normativo todo lo concerniente, a circulación de todo tipo de vehículos entre ellos los hipomóviles o de tracción a sangre, como así también los de servicios de remises, taxis, transporte de pasajeros, transporte de cargas, carritos, transporte escolar, etc.
Por todo ello.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE GOYA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°: CREAR una Comisión redactora de la nueva Ordenanza, destinada a regular todo lo concerniente al tránsito de nuestra ciudad.-
ARTICULO 2°: DICHA Comisión estará integrada por el Director de Tránsito, Secretario de Gobierno, Secretario de Planeamiento, Juez de Faltas. Un Concejal por Bloque, Consejo Plenario Vecinal, Asociación de Comercio, dos integrantes del Cuerpo de Inspectores, propietarios de taxis y remises, empresario del transporte de cargas, dueños de transportes escolares, y toda otra Institución que por su actividad puede aportar sugerencias, a la nueva norma.-
ARTICULO 3°: LA mencionada Comisión, fijará su día y horario de reunión y se dictará, de ser necesario, su propio reglamento de funcionamiento. Todas las personas e instituciones mencionadas en el artículo 2°, de la presente Ordenanza, deberán traer sus ideas y sugerencias en forma verbal y escrita.-
/ / /Corresponde Resolución N° 1.922
ARTICULO 4°: EL Secretario del Honorable Concejo Deliberante, proveerá todas las normas referentes al tema, independientemente de su antigüedad.-
ARTICULO 5°: NOTIFIQUESE, regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-
Dr. GERARDO LUIS URQUIJO
Secretario
|
|
CARLOS RAUL SANDOVAL
Vice Presidente 1°
a/c Presidencia
|
n.r.