RESOLUCION N° 2.835

 Goya, 16 de Noviembre de 2016

  

V I S T O: 

La conmemoración del "Día Internacional de la Eliminación de la Violencia  Contra la Mujer", el 25 de Noviembre, fecha elegida por Resolución 54/134 de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), instaurada desde el día  17  diciembre de 1999. Y; ; ;

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que se toma esta fecha recordando  el 25 de noviembre de 1960 cuando  la República Dominicana fueron asesinadas las tres hermanas Mirabal, activistas políticas, por órdenes del dictador dominicano Rafael Leónidas Trujillo.

 

En 1981 se celebró en Bogotá, Colombia, el Primer Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe, donde se decidió marcar el 25 de noviembre como el Día Internacional de No Violencia contra las Mujeres, en memoria de las hermanas Mirabal.

 

En 1993, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, en la que se definió el término violencia contra la mujer como:

 “Todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado     posible o real un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la prohibición arbitraria”. 

 

Que las mujeres que experimentan violencia sufren una variedad de problemas de salud, y se disminuye con ello su capacidad para participar en la vida pública. 

 

Que afecta a familias y comunidades de todas las generaciones y refuerza otros tipos de violencia prevalecientes en la sociedad. No está confinada a una cultura, región o país específico, ni a grupos particulares de mujeres en la sociedad. 

 

Que en el mundo el 70 % de las mujeres ha sufrido algún tipo de violencia de género. Y que en Argentina mueren cada 36 horas una mujer a causa de esta problemática.

 

Que en marzo del año 2009, en Argentina se sancionó la ley 26.485 "de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales". Esta ley se inscribe dentro del proceso de adecuación de la legislación interna a los instrumentos internacionales y regionales de derechos humanos de las mujeres suscriptos por el Estado Argentino en la década del 90'.

 

///Corresponde a la Resolución Nº 2.835

 

Que esta ley define a la violencia de género como:

 “Toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes. Se considera violencia indirecta, a los efectos de la presente ley, toda conducta, acción omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujeres desventaja con respecto al varón” (art. 4).

Que la reforma al Código Penal de la Nación Argentina incorpora en el art. 80 la figura del Femicidio.

La campaña «16 días de activismo contra la violencia de género» comienza el 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, y termina el 10 de diciembre, Día de los Derechos Humanos.

 Esta campaña tiene como objetivo llamar a la acción para poner fin a la violencia contra las mujeres y las niñas en todo el mundo, ya que todavía falta mucho…

 

 

 

Por ello.

 

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOYA

 

 

R E S U E L V E:

 

 

ARTICULO 1º: DECLARAR  de Interés Municipal la Conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer, el 25 de Noviembre, y todas las actividades programadas para esa fecha.

ARTICULO 2°: NOTIFIQUESE, regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.

 

 

 

 

 

Dr. Gerardo Luís Urquijo 

Secretario

 

 

 

 

 

 

n.r.      

 

 

 

Juan Domingo González

 Vicepresidente 1º

a/c Presidencia

 

 

 

 

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