PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 03 DE JULIO DE 1991
Visto:
El Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal; y,
Considerando:
La solicitud de arrendamiento de un Lote de Isla Municipal, presentado por el Sr. Paulino Quiróz, Expediente Nº 1/O/91.
Que según lo informado por Secretaría de Obras y Servicios Públicos, el lote solicitado se encuentra libre de ocupantes.
Que no existen en consecuencia impedimentos legales para otorgar el arrendamiento solicitado, siendo esto conveniente a los intereses Municipales, haciendo lugar a lo peticionado.
Que asimismo el arrendamiento deberá cumplir los artículos 218, 219 y 220 del Título XIII, Libro II Parte Especial del Código Tributario, Ordenanza Nº 123/85.
Por todo ello y en virtud de las disposiciones contenidas en el artículo 51 de la Ley Nº 2498 y Código Tributario y Parte Tarifaria vigente:
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Otorgar en arrendamiento al Sr. Paulino Quiróz, D.N.I. Nº 14.028.614, un Lote de Terreno de Isla Municipal, consistente en una hectárea y media cuyos linderos son: al Norte: Marcelino Insaurralde, al Este: Riacho Goya, al Sur: Isla Municipal y al Oeste: Isla Municipal, destinada para huerta.
Art. 2 - El plazo de arrendamiento será de dos años (2).
Art. 3 - Ninguna mejora que introduzca el locatario será reconocida por la Municipalidad a la conclusión del Contrato, a los efectos de indemnización o compensación, pudiendo el locatario retirarlas al desocupar el predio durante el curso del Contrato a la finalización del mismo.
Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de arrendamiento en la forma y condiciones establecidas en el Código Tributario.
Art. 5 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 2 días del mes de julio de mil novecientos noventa y uno.