ORDENANZA Nº 1.024

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 04 DE AGOSTO DE 1999


Visto:

El Expediente Nº 812/99 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Regularización Situación Terreno Municipal, Adjudicación en Venta al Sr. Pedro Felipe Rivero; y,


Considerando:

El Expediente "R/141/98" por el cual el Sr. Pedro Felipe Rivero, solicita la compra del terreno donde se halla viviendo.

Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.

Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (lote).

Que se halla dentro de las condiciones establecidas dentro de la ordenanza Municipal Nº 723/96.

Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para lo solicitado; insistiendo el cumplimiento por parte del comprador, del nivel de Cota Fundacional conforme a la Ordenanza respectiva.

Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta orgánica Municipal vigente:


                              LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Adjudicar en venta al Sr. Pedro Felipe Rivero, M.I. Nº 20.458443, con domicilio en Avenida José Jacinto Rolón Nº 1.732 de esta ciudad, la Parcela Nº 12 de la Manzana Nº 189 del Plano Oficial de la Ciudad, de acuerdo al Duplicado de Mensura y División Nº 4.907-N - constante de 7,10 (a-2) de frente al Este, sobre Avenida José Jacinto Rolón, con igual contrafrente al Oeste (3-b); por un fondo al Norte de 28,13 mts. (a-b); y un contrafondo al Sur de 28,00 mts, cerrando el polígono (2-3). Con una superficie total de 199,17 mts2. Lindando según Mensura al Norte con Parcela Nº 1 al Sur: María Romero, al Este: Avda. José Jacinto Rolón y al Oeste: con Dora López. Inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble Corrientes. Bajo Libro Diario Nº 5.584 - Folio Real - Matrícula Nº 15.269 Departamento Goya - en fecha 07/04/98; en la Dirección General de Catastro, bajo Adrema: I1-24068-1 y en Catastro Municipal Tº 63 - Fº 27.016, en fecha 28/05/99.

Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Art. 3 - La Municipalidad de Goya, no responderá por evicción ni vicios redhibitorios.

Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta, en la forma y condiciones establecidas en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses Municipales.

Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la, pertinente escritura traslativa de dominio una vez abonado el total del precio establecido.

Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 4 días del mes agosto de mil novecientos noventa y nueve.

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