ORDENANZA Nº 1.670

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 21/02/2014


V I S T O:
El expediente Nº 2.057/13 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “DECLARAR PATRIMONIO HISTORICO Y CULTURAL DE LA CIUDAD DE GOYA AL INMUEBLE “ESCUELA NORMAL SUPERIOR “Dr. MARIANO I. LOZA”. Y; ;


C O N S I D E R A N D O:

La necesidad de  Declarar Patrimonio Histórico  y Cultural el Edificio de la “ESCUELA NORMAL SUPERIOR “DR. MARIANO I. LOZA”.

Que en el mencionado edificio  se caracteriza    el partido básico  que es el patio central abrazado por alas de tiras de aulas y otras dependencias que convergen al mismo a través de galerías perimetrales.

El ala frontal es de una sola planta, en tanto que el contrafrente se desarrolla en dos niveles con escaleras a ambos lados.

El edificio se halla elevado respecto del nivel circundante.

La fachada es de composición neoclásica: pórtico con columnas dóricas sobre basamento; friso continuado que sirve de antepecho a las ventanas con arcos de medio punto y cornisa de molduras rectas con avances y recesos.

Este edificio adquiere relevancia por la unidad de su composición, escala y ornamentación, destacándose en su entorno de construcciones bajas que poseen definición estilística.

La vegetación --palmeras de gran porte -- acompañan la arquitectura.

Que este edificio albergó a la primera Escuela Popular de Goya que dio brillo a la cultura pública de la región sudoeste de la Provincia de Corrientes.

Que es el Salón "Isabel King" un orgullo no sólo para la Escuela sino para Goya y fue la última construcción realizada por la Sociedad "Amigos de la Educación" y se debió a la perseverancia del Doctor Loza y a sus activas gestiones.

El plano y la dirección fueron obra del arquitecto y escultor italiano señor Domingo Bagliani radicado entonces en Goya.

Se iniciaron los trabajos en 1908 y se terminaron a fines de 1909, año en que se realizó en dicho Salón la colación de grados, que hubo de hacerse por la tarde por carecer de energía eléctrica. La inauguración oficial se realizó el 25 de Mayo de 1910 conmemorando el centenario de la Revolución de Mayo.

Que el Ministro de Educación de la Nación, De la Torre, por Resolución del 2 de julio de 1937 autorizó a bautizar el salón de actos del establecimiento con el nombre de la ex directora y fundadora, señorita Isabel King.

Que el edificio de la Escuela Normal es una magnífica caja de resonancia de la obra educativa y cultural de esta Institución y de otras de la Ciudad.

La historia de la Escuela Normal es la historia de un gran esfuerzo que honra al pueblo de Goya. Fue la conquista escolar más notable de la provincia en el siglo XIX y es  uno de los Establecimientos más antiguos y prestigiosos de Corrientes.

Que  este inmueble centenario que forma parte de la identidad de nuestra ciudad.

Que  es necesario se declare Monumento Histórico a fin de acceder al apoyo del estado, tanto nacional, provincial o municipal, que establecen normas de protección de su patrimonio cultural.

///Corresponde a la Ordenanza Nº 1.670


Que es potestad y responsabilidad del Municipio de preservar el patrimonio histórico y cultural de la ciudad de Goya, tal como lo prescribe  su  Carta Orgánica Municipal.

Que se encuentra vigente la Ley Nº 4047 de Corrientes que declara de interés provincial la protección, conservación, restauración y acrecentamiento de los bienes que integran el patrimonio cultural de la provincia.

Que  estas decisiones permiten  que la Comunidad goyana preserve inmuebles  Históricos, que  permiten rescatar  más de cien años de historia.

Por todo ello.


LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO


O R D E N A:

ARTICULO 1º: DECLARAR Monumento Histórico y Cultura  la ciudad  de Goya al inmueble sede de la  ESCUELA NORMAL SUPERIOR “Dr. MARIANO I. LOZA”, ubicado  en la calle Mariano I Loza 323, manzana Nº 237 del plano municipal de la Ciudad de Goya.-

ARTICULO 2º: LA presente declaración no implica afectación alguna de los derechos de los propietarios sobre el dominio del inmueble, ni compromete recursos del erario municipal.-

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-


Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintinueve días del mes de Mayo de dos mil trece.-

 


Dr. Gerardo Luis  Urquijo
Secretario

        


Prof. Gerardo Horacio Bassi
Presidente

 

n.r.

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