ORDENANZA Nº 078

ORDENANZA Nº 78

Visto:

La nota de fecha 27/07/84, por la que se hace saber a la Municipalidad de la Ciudad de Goya de la resolución recaída en el expediente N° 900/3265/84, por el que se ha dispuesto donar a este Municipio, las superficies destinadas a espacios libres, vías vehiculares y vías peatonales; y,

Considerando:

Que el Instituto de Viviendas de Corrientes, ha dispuesto donar a favor de la Municipalidad de la Ciudad de Goya, las superficies destinadas a espacios libres, vías vehiculares y vías peatonales, proyectando dentro del inmueble propiedad de ese Instituto, ubicado en la Ciudad de Goya, individualizado según Duplicado de Mensura N° 2.519 "N", como Polígono: A-B-C-D-A, lindante al Norte: Quinta Alegre, al Sur: calle sin nombre, al Este: Quinta Alegre y calle sin nombre, y al Oeste: calle sin nombre.

Que la mencionada donación se hace con cargo, destinada a circulación vehicular, vía peatonal con parterres y recreación pasiva y/o juegos para niños, que las mismas son indispensables, teniendo en cuenta una correcta urbanización según las normas que rigen al respecto.

Por ello,

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Aceptar la donación efectuada por el Instituto de Viviendas de Corrientes a favor de la Municipalidad de la Ciudad de Goya, de las superficies destinadas a espacios libres, vías vehiculares, y vías peatonales, proyectados dentro del inmueble propiedad del mencionado Instituto, ubicado en la Ciudad de Goya, individualizado según Duplicado de Mensura N° 2.519 "N", como Polígono: A-B-C-D-A, lindante al Norte: Quinta Alegre, al Sur: calle sin nombre, al Este: Quinta Alegre y calle sin nombre, y al Oeste: calle sin nombre, las que discriminadas consisten en las siguientes: a) Calles Vehiculares: Cargo: vehicular; b) Calles Peatonales: exclusivamente peatonal con parterres; c) Espacios Verdes: áreas verdes parquizadas. Cargo: recreración pasiva y/o juegos para niños. Cocheras: estacionamiento en dársena a 45° y "Acceso Cochera" al uso acceso vehicular, total superficie donadas de espacios libres y calles 10.782,89 m2.

Art. 2 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio.

Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, publíquese, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

 

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 23 días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro.

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