PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 31 DE MARZO DE 2005
VISTO:
El expediente Nº 1.227/05 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza autorizando al Departamento Ejecutivo Municipal a la recepción de Obras de Drenaje Urbano y Estaciones de Bombeo entregados por el Gobierno de la provincia de Corrientes. Y; ; ;
CONSIDERANDO:
La entrega realizada el 27 de diciembre de 2004 a la Municipalidad de Goya por parte del Gobierno de la Provincia de las obras de drenaje urbano, suburbano y estaciones de bombeo que fueron licitadas a través de la SUPCE en el marco del Programa de Protección contra inundaciones.
Que dicha obra pública fue ejecutada por la UTE Pittón Marinelli y entregada el 27 de diciembre al Gobierno de la Provincia en un acto realizado en la ciudad de Goya.
Que en ese mismo acto el Gobierno Provincial puso en posesión de la Municipalidad de Goya la obra, entregando la documentación técnica del manejo y operación.
Que la Municipalidad acepto las bombas, grupo electrógeno y accesorios, comprometiéndose a adoptar todas las acciones necesarias para su correcto funcionamiento, así como a dejar inspeccionar las instalaciones por personal de la SUPCE.
Que la Carta Orgánica Municipal establece en los artículos 58º, inciso 18) y 78º, inciso 26) que el Honorable Concejo Deliberante debe autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar donaciones o legados con cargo.
Por todo ello.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:
ARTICULO 1º:AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal la suscripción del Convenio de recepción de las Obras de Drenaje Urbano, Suburbano y Estaciones de Bombeo que fueron puesta en posesión del Municipio por parte del Gobierno de la Provincia en el acto realizado el día 27 de diciembre de 2004 y por el cual la Municipalidad de Goya se compromete a adoptar todas las acciones para su correcto funcionamiento y permitir la inspección de las instalaciones por personal de la SUPCE.-
ARTICULO 2º: EL conjunto de las obras e instalaciones recibidas de la provincia serán inventariadas en el área del Pro.De.Go. debiendo éste remitir una copia detallada de los bienes incorporados y de las observaciones que se realizaron en el momento de la puesta en posesión de los mismos.-
ARTICULO 3º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los veintitrés días del mes de marzo de dos mil cinco.-